SAN SEBASTIÁN. Un ciudadano marroquí ha sido condenado a un año y nueve meses de prisión por maltratar psicológicamente a su mujer, a la que exigía vestir el traje típico de su país, obligaba a permanecer todo el día en silencio, impedía salir de casa sin su permiso y no le dejaba tener amistades.

Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso EFE, el acusado y la víctima, que residían en una localidad del interior de Gipuzkoa, permanecieron casados siete años, durante los que tuvieron dos hijos, hasta que la "relación afectiva" concluyó, en febrero de 2014.

La resolución aclara que, a lo largo de este período, el encausado pretendió mantener a su pareja "sometida a su dominio", intentando "controlar su vida y relaciones" y "minar su autoestima".

Para ello, "controlaba el tipo de ropa que llevaba", le exigía "vestir con el traje típico de su país de origen", "supervisaba sus actividades y horarios", y no le permitía salir de su domicilio "sin contar con su autorización previa".

"Además, el encausado le impedía tener amistades, la obligaba a trabajar" y, según el texto judicial, le dirigía expresiones como: "tú eres la que has traído a los niños al mundo y tú eres la que tienes que darles de comer".

"No vales para nada, eres una mierda y te voy a devolver a tu país", son otras de las expresiones vejatorias que el inculpado dirigía a su esposa, a la que también "obligaba a permanecer todo el día en silencio, impidiéndole hablar y hacer ruido".

La sentencia precisa que, en el contexto del proceso judicial, la perjudicada fue reconocida por la Unidad de Valoración Forense Integral, según la cual padece "una afección psicológica compatible con una situación de desigualdad, abuso de poder y control característica de la violencia de género".

Este mismo servicio considera que el hombre "presenta factores psicosociales relevantes asociados al riesgo de mantener relaciones afectivas compatibles con situaciones de desigualdad" características de la violencia machista.

Durante el juicio por estos hechos, el hombre se mostró conforme con la condena que pidió la Fiscalía, por lo que ahora ha sido condenado a un año y nueve meses de cárcel como responsable de un delito de maltrato psicológico.

Asimismo, el inculpado no podrá comunicarse con la perjudicada ni aproximarse a ella durante dos años y nueves meses. No obstante, la resolución judicial acuerda suspender la pena de reclusión durante dos años, con la condición de que el condenado no vuelva a delinquir durante este período de tiempo.