vitoria - La justicia europea destapó ayer la caja de los truenos de la discriminación sexual al avalar la prohibición que existe en países como Francia de que los homosexuales puedan donar sangre. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que la prohibición de donar sangre a los hombres que han tenido relaciones sexuales con otros hombres “puede resultar justificada”. En Euskadi, sin embargo, ningún donante es excluido por su condición sexual y solo se hace hincapié en si esa persona ha mantenido prácticas sexuales de riesgo con el objeto de que la donación resulte segura.

Sabin Urcelay, presidente de la Asociación de Donantes de Gipuzkoa, aseguró ayer que el centro vasco de transfusiones no impone ningún requisito previo “si no que se valora exhaustivamente cada caso para detectar que no sea portador de ninguna enfermedad contagiosa grave”. Así los donantes son sometidos a un examen previo a cada extracción, realizado mediante cuestionario y entrevista a cargo del profesional sanitario que decide si la persona se encuentra en buenas condiciones de salud para poder donar.

De esta forma, en el cuestionario se hacen preguntas como: “en los últimos seis meses ¿ha realizado prácticas sexuales con alguna persona que no conozca o realice actividades como prostitución, drogadicción o promiscuidad? Sin embargo, Urcelay aclara que la sangre no se puede analizar al 100% hasta pasados unos días, por lo que “podría escaparse alguna patología como el chagas”.

El cuestionario pretende detectar posibles enfermedades de transmisión sanguínea, (VIH, sífilis, gonorrea, clamidia). También se pregunta se si ha consumido drogas ilegales alguna vez (heroína, cocaína, etc). Todo con el objetivo de garantizar la seguridad.

La resolución europea ha sido tan controvertida que desde la Organización Médica Colegial, su presidente, Juan José Rodríguez Sendín, se apresuró ayer a señalar que ser homosexual no puede ser una causa para ser excluido de donar sangre. “Todas las personas son candidatas a tener todas las enfermedades. Y si se excluye a los gais porque tienen prácticas de riesgo, también las pueden tener otros ciudadanos”, matizó.

La sentencia de la Justicia europea deja claro, sin embargo, que para introducir esta exclusión permanente “es preciso demostrar que estas personas están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves, como el VIH, y que no existen técnicas eficaces de detección o métodos menos coercitivos para garantizar un alto nivel de protección de la salud de los receptores”.

El fallo responde a una cuestión prejudicial presentada por el tribunal administrativo de Estrasburgo que tramita el litigio planteado por un ciudadano francés al que no se permitió donar sangre por haber tenido una relación sexual con otro hombre. El derecho galo excluye permanentemente de la donación de sangre a los hombres que han tenido estas relaciones.