BILBAO. La sentencia ha sido hecha pública hoy por la asociación "El Defensor del Paciente" en el País Vasco, que ha llevado el caso.
La joven paciente sufre la "Enfermedad de Lyell", una sequedad ocular severa que le provoca queratitis, úlceras corneales e infecciones oculares si no se administra este medicamento cada dos minutos, lo que le cuesta 300 euros mensuales.
El origen de la discrepancia es que el "Viscofresh 0,5" lo paga Osakidetza cuando un paciente padece sequedad ocular causada por el "Síndrome de Sjogrën", pero no por la "Enfermedad de Lyell".
Por este motivo, el Departamento de Salud del Gobierno Vasco se había negado a financiar ese medicamento a la joven.
Ahora, la Sala de lo Social del TSJPV ha revocado la decisión inicial del juzgado que daba la razón a Osakidetza.
En la sentencia, el Superior censura al Departamento de Salud por realizar una interpretación legal contraria al principio de igualdad y a la aplicación de la analogía, y declara el derecho de esta paciente a obtener la prestación farmacéutica correspondiente a su padecimiento, con el tratamiento del medicamento citado.