Madrid - Los abogados jóvenes, organizados como colectivo profesional, coinciden con el Gobierno español y el ministro Alberto Ruiz Gallardón en que una reforma de la Justicia "es urgente e inaplazable". Sin embargo, están en desacuerdo con leyes ya en vigor, como la de Tasas Judiciales, y con proyectos legislativos que, en su opinión, restringen los derechos de los ciudadanos, no solucionan los problemas que aquejan a la Administración de Justicia y dificultan el trabajo de los abogados.
La Confederación de Abogados Jóvenes, a la que pertenecen las Agrupaciones vascas, ha realizado un minucioso análisis de las consecuencias de las reformas planteadas por el Ejecutivo español en las que advierte un afán privatizador y recaudatorio. "Lo que no cabe es pretender agilizar la Justicia, reducir la litigiosidad y descongestionar los juzgados a costa de la indefensión de millones de ciudadanos", destaca la CEAJ.
Ley de tasas, Argumentos falsos
Según la CEAJ esta ley "vulnera los derechos fundamentales a la igualdad y a la tutela judicial efectiva, al evitar, restringir y/o dificultar el acceso de los ciudadanos al sistema judicial, creando ciudadanos de primera y segunda clase". La Confederación señala que es falso que las tasas financien el sistema de asistencia jurídica gratuita: "A fecha de hoy podemos afirmar, sin miedo a equivocarnos, que lo recaudado por esta vía no se ha destinado al aumento de los presupuestos del sistema de asistencia jurídica gratuita; 34'15 millones de euros era el presupuesto del 2013 y 34'15 millones de euros es el presupuesto para el año 2014".
Ley de Jurisdicción Voluntaria. Más privatización
Esta norma -en fase de anteproyecto- otorgará a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles la mayoría de los asuntos de jurisdicción voluntaria que actualmente conocen los juzgados y tribunales y, casualmente, de aquéllos con un mayor valor económico como las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo. Además introduce un procedimiento monitorio notarial para la reclamación de deudas líquidas, vencidas y exigibles. Con ello, se incrementará el volumen de negocio de estos profesionales trasladando el coste económico de dicho servicio a los ciudadanos, quienes deberán abonar los aranceles que se establezcan.
Ley de Enjuiciamiento Civil. Dos tipos de Justicia
La reforma -según el anteproyecto- amplía las atribuciones de los Procuradores de los tribunales en los actos procesales de comunicación y determinados actos de ejecución, así como los de cooperación y auxilio a la Administración de Justicia. En la práctica supone que se establecerán dos tipos de Justicia, "resultando predecible que la que se lleve a cabo por los procuradores sea más rápida en detrimento del resto de justiciables que no puedan atender los costes que implica este tipo de actuaciones por profesional privado y deban depender de oficinas judiciales saturadas".
Ley de Seguridad Privada. Cerca del estado policial
Esta Ley, ya aprobada, amplía las competencias de los vigilantes de seguridad privada, habilitándoles para ejercer nuevas funciones como la "participación en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial", con lo que privatiza la seguridad en detrimento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las policías autonómicas. Según la CEAJ, "no cabe alegar o esgrimir la seguridad como coartada para limitar la protesta y las garantías democráticas ni vulnerar derechos fundamentales o restringir su ejercicio como respuesta a concretas situaciones".
Ley de Seguridad Ciudadana. Contra la movilización
Constituye un mecanismo de control y disuasión de actos de legítima protesta al pretender evitar la movilización ciudadana, extendiendo de forma inadmisible los supuestos de disolución de las reuniones y manifestaciones y permitiendo incluso que empresas y empleados de seguridad privada colaboren en disolverlas. "Otorga prioridad a la presunción de veracidad del atestado policial en contra del derecho fundamental a la presunción de inocencia; supone una sutil privatización de parte del derecho penal (al redirigir las conductas despenalizadas como faltas hacia la vía administrativa o civil, gravadas con las tasas judiciales)".
Reforma del Código Penal. Un paso atrás
Según CEAJ este proyecto de Ley "pretende volver al predemocrático Derecho Penal de Autor, destacando el peligro como motivo de intervención penal y, con ello, pasando todos a ser considerados peligrosos. Además de la similitud de algunos tipos penales con la Ley de Vagos y Maleantes, lo más destacable es: la introducción de la prisión permanente revisable, es decir, una cadena perpetua encubierta, con notable indeterminación de las condiciones exigidas para extinguir la condena; la extensión de las medidas de seguridad, basadas en el principio de peligrosidad y, por tanto, su aplicación será arbitraria, extendiéndose a los inimputables y sin fecha de finalización; y la supresión de las faltas, con fines puramente económicos, pues la despenalización de las faltas conlleva que las mismas conductas se redirijan a la vía administrativa, pero con sanciones mucho más elevadas, o a la vía civil, sin olvidar que ambas jurisdicciones están gravadas con las tasas judiciales; o bien se incluyan como delitos leves, aumentándose la pena y con perjuicios como los antecedentes penales".
Ley Orgánica del Poder Judicial. Elimina juzgados
Este anteproyecto crea un complejo sistema judicial por el que se eliminan juzgados de paz, juzgados de primera instancia así como las Audiencias Provinciales para centralizarlos en un Tribunal Provincial de Instancia, lo que supondrá alejar la Justicia del ciudadano. También impone el carácter vinculante de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en perjuicio de la jurisprudencia "menor" (de Audiencias Provinciales y Juzgados de Primera Instancia), más cercana a la cambiante realidad social.
Ley de Servicios Profesionales. Más control
Esta ley, en fase de anteproyecto, podría afectar de forma crucial a la colegiación obligatoria, así como suponer el fin de la incompatibilidad entre abogados y procuradores y un mayor control de los Colegios profesionales por la administración, que podría disolver su órgano de gobierno en determinados casos.