a coruña. Mientras la fiscalía estudia sus posibilidades de recurso y la asociación ecologista Arco Iris, la única de las 55 partes personadas en su día que sigue en el proceso, si el Tribunal Supremo acepta tramitar el recurso de casación, el contenido de la sentencia sigue siendo objeto de deliberaciones. Ayer, el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de A Coruña (UDC), Francisco Javier Sanz Larruga, explicó que una vez concluya la vía penal del proceso judicial por el accidente del Prestige, cabe iniciar la vía civil y administrativa por los daños originados por la marea negra.

Sanz Larruga sostiene que, una vez dilucidada la responsabilidad penal y al margen de los recursos que se puedan presentar a la sentencia hecha pública ayer, el proceso puede continuar su rumbo judicial y dilucidar eventuales responsabilidades civiles que puedan plantear los afectados por los daños causados por el vertido del buque.

Incluso se podrían solicitar responsabilidades administrativas al entender que, tras la intervención de la Administración del Estado en el accidente mediante el Sistema Nacional de Respuesta por Contingencias Marinas, se causaron daños por una intervención defectuosa o por falta de adecuación de las medidas adoptadas, y alegar entonces un funcionamiento anormal del servicio público de seguridad marítima.

El tribunal del Prestige absolvió al exdirector general de la Marina Mercante José Luis López Sors, al jefe de máquinas, Nikolaos Argyropoulos, y al capitán del barco, Apostolos Mangouras, de los delitos contra el medio ambiente, y solo condenó a este último a nueve meses de prisión por el delito de desobediencia. Por ello se ha privado de efecto en esta sentencia la responsabilidad civil por daños ecológicos y "es una pena", dijo, porque estaban valorados, como pedía la Fiscalía, en más de cuatro mil millones de euros.

los perjudicados En todo caso el rumbo judicial del proceso puede continuar por otras vías, pues el juicio penal es previo a los de otro tipo, y "posiblemente" los afectados por la catástrofe acudirán a la vía contencioso-administrativa para demandar daños de la administración, pese a la absolución de López Sors por delito ecológico. "Al haber intervenido la administración y si alguien entiende que lo hizo defectuosamente y ha causado daños, podría demandar ante los tribunales contencioso-administrativos la responsabilidad de la Administración General del Estado", ha sostenido el profesor, por considerar que podría plantearse una culpa concurrente, por ejemplo, cuando se decidió alejar el buque de la costa.

Además, los afectados que hayan cobrado los anticipos del Estado en concepto de indemnización por los daños causados por el Prestige no tendrían acceso a la vía civil, puesto que habrían renunciado a recurrir a un proceso judicial contra el Estado cuando los cobraron, no así los que no lo hicieron, que sí podrían acudir a ella y solicitar las indemnizaciones a cargo del Fondo Internacional de Indemnización de Daños.

Sanz Larruga considera probable que el Estado español tenga que emprender otro proceso judicial para cobrar los daños causados por la catástrofe al no ser condenados los dos marinos máximos responsables del barco.