MURCIA. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que inspectores de Trabajo, junto con agentes Policía, visitaron las instalaciones del club Hot Girls, ubicado en el polígono industrial de La Palma, en mayo de 2011, comprobando que las mujeres cobraban una comisión por incentivar el consumo de bebidas en los clientes.
Asimismo, las entrevistas mantenidas con ellas permitieron descubrir que desarrollaban una jornada laboral de diez horas diarias de lunes a viernes.
Asimismo, la fuerza actuante comprobó que, además, no estaban dadas de alta en la Seguridad Social y que una de las extranjeras y el ayudante del encargado del club percibían prestaciones por desempleo que son incompatibles con el desarrollo de una actividad laboral.
El Juzgado de lo Social de Cartagena al que correspondió el estudio del asunto en primera instancia, estimó la demanda presentada por la Inspección de Trabajo y determinó que la relación laboral de las mujeres y del ayudante del encargado del club de alterne era laboral, por lo que condenó a la empresa que lo explota, Gomsales CT, S.L.
La resolución fue recurrida por esta sociedad ante el TSJ, que ha desestimado su apelación y que la ha condenado, en concepto de costas, a pagar 250 euros a la Inspección de Trabajo.