vitoria. Cuando se trata de hipotecas, quitar el suelo no equivale a caer al vacío. Más bien al contrario. Eliminar el suelo de un préstamo hipotecario supone un alivio y un ahorro considerable para los ciudadanos obligados a pagar unos intereses superiores a los que ahora fija el mercado porque en su día la entidad financiera con la que contrataron la hipoteca decidió garantizarse un margen mínimo pasara lo que pasara con los tipos de interés. Después de que el Tribunal Supremo sentenciara que tres entidades debían suprimir las cláusulas suelo de sus hipotecas, muchos de los titulares de los cuatro millones de préstamos que se estima que cuentan con ellas han decidido hacer efectiva y retroactiva su nulidad y están acudiendo a los tribunales y a las asociaciones de consumidores para conseguirlo.
Los ciudadanos han empezado a ser conscientes de que pueden reclamar sobre la base de argumentos tan sólidos como la doctrina del Supremo y el fallo del Tribunal de Justicia de la UE y han aumentado las peticiones de asesoramiento y las demandas judiciales. Tan sólo en Bizkaia, las distintas asociaciones de defensa de los intereses de los clientes de Banca reciben en torno a las veinte consultas semanales. Y es que una vez establecida la nulidad de la mayor parte de las cláusulas suelo de las hipotecas, la clave está en lograr la retroactividad de la medida -que lleva aparejada la devolución de las cantidades cobradas tras su activación- mediante las reclamaciones individuales, y en vigilar que bancos y cajas no establezcan nuevas medidas perjudiciales para los hipotecados a la hora de negociar nuevos préstamos.
sentencia criticada La sentencia del Tribunal Supremo no establece la ilegalidad de las cláusulas suelo, sino que determina que BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco las impusieron en los contratos sin la debida transparencia y claridad, lo que las convierte en abusivas. Ese fallo suscitó fuertes críticas porque no obligaba a las entidades afectadas a devolver el dinero cobrado en virtud de la activación de dichas cláusulas y porque -según explicó a DNA el letrado de EKA-OCUV- "da carta blanca a las entidades financieras para que a partir de ahora puedan establecer la cláusula suelo de manera legal" con la única condición de que informen debidamente de ella.
Sin embargo, tras ese fallo ha comenzado un goteo de sentencias de juzgados de lo Mercantil y de Primera Instancia que anulan las cláusulas suelo de contratos de préstamo concretos y condenan a las entidades afectadas a devolver a sus clientes el dinero cobrado de más. Se trata tanto de sentencias sobre reclamaciones individuales, como de demandas agrupadas por entidades -hay un caso que afecta a 20 clientes vascos- y estos fallos favorables demuestran que los clientes no sólo pueden exigir la anulación de la medida, sino que también pueden reclamar con bastantes garantías de éxito que se les devuelva el exceso pagado en sus cuotas hipotecarias como consecuencia de aplicar unos tipos de interés superiores.
Los expertos, que advirtieron de que el Supremo abría una etapa de enorme litigiosidad, consideran que esas sentencias son probablemente las primeras de una larga serie de ellas que llegarán como consecuencia de la cascada de reclamaciones judiciales que ya ha comenzado. Se da la circunstancia de que incluso los clientes de las entidades financieras que han decidido suprimir las cláusulas -con efectos prácticos desde el 9 de mayo- se plantean acudir a los tribunales para recuperar el dinero pagado de más.
Un asesor de Adicae en el País Vasco señaló a este periódico que "hay un enorme interés por parte de los ciudadanos con hipotecas por adherirse a las demandas que están en marcha". Añadió que también hay muchas personas que al solicitar a su banco que les suprima la cláusula suelo para no tener que ir por la vía judicial "se han encontrado con que a cambio de quitar esa limitación les subían el diferencial sobre el Euribor". "Si te quitan el suelo pero te aumentan el diferencial estamos en las mismas, no es la solución -explicaron desde Adicae-, así que la gente consulta sus alternativas".
También Ausbanc se ha puesto a la cabeza de los ciudadanos que aspiran a beneficiarse de un Euribor bajo y a recuperar el exceso abonado en sus cuotas hipotecarias.
Las asociaciones de consumidores quieren que la nulidad de las cláusulas se aplique en todas las entidades y en todos los casos, pero se están encontrando con algunas resistencias, como la de la patronal bancaria, AEB, cuyo secretario general señalaba hace unos días que la sentencia del Tribunal Supremo se aplica a "casos muy concretos" y "no se puede generalizar al resto del sistema". O la del presidente del Banco Popular, Ángel Ron, quien insiste en que las cláusulas suelo de su entidad "son legales" y no las va a retirar.
obligadas a pagar Entre el día 13 de mayo y el pasado viernes, se han hecho públicas al menos trece sentencias que recogen la doctrina del Tribunal Supremo -su sentencia es del 9 de mayo y el 3 de junio la completó con un auto aclaratorio- declarando la nulidad de las cláusulas suelo y hay once en las que los jueces incluso van más allá obligando a las entidades a devolver el importe cobrado hasta la fecha. Las cantidades que Nova Caixa Galicia Banco, Cajamar, Unnim, Banco Pastor, BBVA, Ipar Kutxa, Liberbank y Banco Sabadell deben reembolsar a sus clientes oscilan entre los 4.500 euros fijados en una sentencia de un juzgado de Málaga el pasado 23 de mayo, hasta los 16.000 de un caso resuelto en Barcelona el 22 de junio. Por lo que respecta a Euskadi, en los últimos días el juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha emitido dos sentencias que confirman que se ha abierto la puerta para reclamar el fin de las cláusulas suelo y su retroactividad. El primer fallo condena a Novagalicia Banco a devolver 12.000 euros a una pareja vasca que tiene una hipoteca con un suelo del 3,25%. El segundo responde a una demanda que agrupaba a 20 clientes de Ipar Kutxa y, al igual que en el caso anterior, declara la completa nulidad de las cláusulas suelo aplicadas por la entidad. En su razonamiento el juez reconoce que estas cláusulas no hacen sino "revertir perjuicio directamente en el consumidor, que se ve incapaz de disfrutar de las ventajas de un préstamo a interés variable y, en consecuencia, disfruta de una renta disponible inferior".