BILBAO. ¿Los escraches antidesahucios son legales?

Por una parte, cualquier ciudadano puede promover el ejercicio del derecho de reunión y manifestación, y el único límite explícito es que tiene que ser pacífico, y tiene que comunicar a la autoridad que va a convocar esa actuación. Y, por otra parte, están las personas destinatarias de la protesta, que a su vez tienen derechos, y entre ellos está el derecho a la intimidad en el domicilio y a la integridad moral. Se trata de articular esos dos derechos. En la CAV, lo que ha hecho la Ertzaintza ha sido dictar unas resoluciones en las que ejerce su competencia para que la manifestación se produzca a una distancia de la entrada al domicilio que sea suficiente como para que no interfiera en la intimidad.

¿Le parece razonable la propuesta?

Estamos ante un ejercicio lícito del derecho de reunión y manifestación, y también ante un ejercicio lícito de las competencias de la autoridad gubernativa. De lo que se trata es de saber si la decisión responde a un principio de proporcionalidad, es decir, si cabe alguna otra solución que sea de menor distancia. Y esto le corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia y, además, cuando se le plantee tendrá que resolverlo en muy pocos días. En breve tendremos una decisión judicial.

En materia penitenciaria, ¿el acercamiento cabe dentro de la actual legislación?

Perfectamente. La legislación penitenciaria es una de las que permiten lecturas más flexibles.

¿Accesos al tercer grado?

Sí, son decisiones que corresponde adoptar a la administración penitenciaria, y que luego reciben control judicial. Se trata de conocer cuál ha sido el recorrido de la persona y si le lleva a una reinserción. La interpretación es la determinante del contenido de la norma.