Bruselas. El pacto cerrado este miércoles por PP y PSOE para reformar la legislación sobre desahucios ya tiene base sobre la que trabajar para detener una sangría que afecta a miles de familias. La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, algo así como la Fiscalía europea, sostiene que la regulación procesal española es "incompatible" con la directiva europea sobre derechos de los consumidores frente a cláusulas abusivas y advierte que para garantizar una protección efectiva los jueces de los Estados miembros deben poder suspender "provisionalmente" la ejecución de desahucios hasta determinar si las cláusulas de los contratos de los préstamos hipotecarios van en perjuicio del consumidor.
Dicho de otra forma, la abogada general de la corte europea, Juliane Kokott, rechaza la legislación española que obliga a los jueces a expulsar de su vivienda a una persona sin que pueda denunciar posibles cláusulas abusivas antes de que se produzca el embargo o el desahucio. De momento, se trata de una opinión que no es vinculante aunque los jueces europeos, que serán quienes dictarán sentencia en unos meses, suelen seguir en un 80% de los casos la valoración de los abogados generales. El dictamen que pone en tela de juicio la regulación española responde a una cuestión planteada por el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona en relación a una ejecución hipotecaria realizada por CatalunyaCaixa en enero de 2011. Cuatro años antes el propietario del inmueble había llegado a un acuerdo con Caixa d'estalvis de Tarragona -integrada posteriormente en CatalunyaCaixa- para obtener un préstamo con garantía hipotecaria de 138.000 euros y un plazo de devolución de 33 años. A lo largo del primer año comenzó a tener problemas para hacer frente al pago de las cuotas y la entidad decidió activar en 2008 el mecanismo de vencimiento anticipado y reclamar la totalidad del préstamo más los intereses y las costas.
El banco inició el proceso de ejecución, al que el propietario del inmueble no se presentó, y en julio de 2010 se adjudicaba en una subasta judicial a la entidad por el 50% del valor de tasación lo que significa que esta persona seguía adeudando al banco más de 40.000 euros. En enero de 2011 el afectado era expulsado de la casa y presentaba, acto seguido, una demanda solicitando la anulación de una de las cláusulas del préstamo.
Según la legislación española, un propietario afectado por una ejecución de desahucio no puede paralizar el proceso invocando una cláusula abusiva en el contrato porque se trata de una cuestión que debe dilucidarse en otro proceso así que ahora los jueces españoles preguntan al Tribunal de la UE si el sistema de ejecución español limita los derechos del consumidor. A la espera de lo que dictaminen los jueces la abogada general lo tiene claro: "la regulación procesal española es incompatible con la directiva 93/13 (sobre protección del consumidor) pues menoscaba la eficacia de la protección que esta persigue".
Indefensión Es decir, no protege de forma efectiva contra las cláusulas abusivas porque el consumidor "debe soportar indefenso" la ejecución forzosa de su vivienda y "solo con posterioridad está legitimado" para emprender acciones judiciales. Por ello defiende que los jueces deben tener la posibilidad de "suspender" provisionalmente cualquier proceso para impedir un perjuicio que a posteriori es "muy difícil o imposible de reparar", suscribe el Tribunal de Justicia de la UE.
En su pregunta, el juzgado catalán solicita también aclaraciones sobre tres cláusulas concretas: la de vencimiento anticipado, la de intereses de demora y la que permite determinar unilateralmente el importe de la deuda. Kokott, abogada del Tribunal de Justicia desde octubre de 2003, entiende que corresponde a los tribunales nacionales determinar el carácter abusivo o no de las mismas. Aunque no habrá sentencia hasta dentro de unos meses su opinión ya ha tenido repercusión. El Foro Judicial Independiente recomendó ayer a los jueces, en unas conclusiones adoptadas en asamblea, que ante las dudas existentes entorno a la legislación española suspendan todos los procesos de ejecución hipotecaria pendientes, de media unos 500 según la Plataforma Stop Desahucios.
El magistrado que llevó al Tribunal de Justicia europeo la ley hipotecaria española opinó ayer que el dictamen de la abogada general "demuestra la debilidad" del sistema jurídico actual y abre la puerta a que los jueces revisen de oficio las cláusulas abusivas en los créditos. José Manuel Fernández Seijo indicó, además, que la sentencia europea abriría la puerta a que los deudores que hayan sido desahuciados puedan reclamar de forma retroactiva por las cláusulas abusivas de sus créditos hipotecarios.
Desde Kutxabank, manifestaban ayer que "siempre hemos cumplido la ley y si cambia, pues nos adaptaremos". Fuentes de la entidad recordaban que han suscrito el Código de buenas prácticas, el servicio de mediación con el Gobierno vasco y, por iniciativa propia, pusieron en marcha el programa Etxelan. "No solo cumplimos la legalidad sino que vamos más allá", subrayaban.