MADRID. La práctica de las compañías telefónicas de incluir en los ficheros de morosos a los usuarios que no pagan alguna factura, aunque el cliente haya iniciado una reclamación que se encuentre en trámite, se hace de forma indebida, según ha afirmado hoy la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU).
La CECU, que ha denunciado este hecho ante la Agencia de Protección de Datos, ha informado en un comunicado de que esta "mala práctica" es frecuente por parte de las operadoras a pesar de que el cliente haya reclamado una factura por no estar de acuerdo, lo cual no implica, a su juicio, que se incluya a alguien en esta lista.
Es el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) el que dicta que para incluirse en la lista de morosos no es suficiente que haya una deuda, sino que ésta ha de ser "cierta, vencida, exigible y respecto de la cual no se haya entablado una reclamación judicial, arbitral o administrativa".
"Esta circunstancia puede ser muy perjudicial para cualquier ciudadano, porque le dificulta la obtención de créditos y le hace constar como deudor a pesar de que la deuda pueda ser injustificada, lo cual supone un atentado al honor", ha lamentado la CECU.
Según esta organización de consumidores, las empresas de telefonía se escudan en que en el contrato advierten de la inclusión en este fichero de morosos en caso de impago de algún recibo, "algo que, sin embargo, no hacen todas las operadoras", según CECU.
Además, esta asociación ha constatado que aunque exista una reclamación del cliente ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones o que él mismo haya presentado una solicitud de arbitraje, la petición para salir de este fichero es denegada debido a que la entrada o salida de dicho fichero es responsabilidad de la compañía.
Por ello, la CECU ha instado a los usuarios afectados por esta práctica indebida a que soliciten el amparo de la Agencia de Protección de Datos, de forma que puedan luchar por sus derechos e intereses.