Aunque la CAV pasó la semana pasada a la fase 1 tras cumplir los requisitos marcados por el Ministerio de Sanidad, el Gobierno vasco decidió mantener algunas medidas para frenar los contagios por coronavirus.

Sin embargo, algunas de ellas se flexibilizarán a partir de este lunes. Entonces, ¿qué se podrá hacer en Euskadi?

En cuanto a la movilidad, El Gobierno vasco permite la movilidad sin ninguna restricción dentro de un mismo territorio, y para cualquier actividad. Por lo tanto, la ciudadanía se podrá desplazar entre municipios. Como señala el Boletín oficial de País Vasco, "los desplazamientos no quedan ya únicamente restringidos al término municipal y colindantes, sino que puedan extenderse al ámbito del Territorio Histórico correspondiente al municipio en que se tenga fijada la residencia, así como en los colindantes a este de otro Territorio Histórico".

Sin embargo, la movilidad entre territorios de la CAV seguirá estando restringido. Quedan excluidas de esta prohibición los casos de excepción contemplados hasta ahora, como el cuidado de personas dependientes, o motivos laborales, económicos o sanitarios. Asimismo, se podrá acudir, dormir y hasta quedarse a vivir a la segunda residencia, siempre que esté dentro del mismo Territorio Histórico.

Otra de las novedades es que Sánchez comunicó este domingo a los presidentes autonómicos que los municipios de menos de 10.000 habitantes quedarán exentos de cumplir las franjas horarias establecidas en el decreto del estado de alarma. De este modo, un mayor número de ciudadanos, residentes en estos municipios podrán salir a hacer deporte y a pasear durante una hora sin tener que someterse a los horarios hasta ahora establecidos. Esta medida ya funcionaba hasta el momento en las localidades de menos de 5.000 habitantes, y se extiende ahora a los municipios de hasta 10.000.

La actividad física también queda sujeta al Territorio histórico. Por lo tanto, se podrá pasar de un municipio a otro siempre y cuando se limite al territorio donde se tiene fijada la residencia. Del mismo, modo, se deberá hacer "respetando las medidas de seguridad, salud e higiene establecidas por las autoridades sanitarias"

Las instalaciones deportivas al aire libre de gestión privada se podrán abrir y podrán acceder a las mismas las personas que tengan fijada su residencia en el Territorio Histórico correspondiente al municipio en que se ubica la instalación, así como en los colindantes a este de otro Territorio Histórico.

Y por último, en cuanto a las actividades económicas y comerciales: no están sujetas a ninguna franja horaria. Se puede ir de compras o a la terraza de un bar en cualquier momento del día.