El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 36 años y 11 meses de cárcel impuesta al exalcalde de Boadilla del Monte (Madrid) Arturo González Panero, alias El Albondiguilla, por el despliegue de la trama Gürtel en el municipio, un caso por el que el PP fue sentenciado a pagar 204.198,64 euros por lucrarse de la red.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha estudiado los recursos que interpusieron siete de los veintitrés condenados por esta ramificación del caso Gürtel que juzgó la Audiencia Nacional. Entre los recurrentes no se encontraba el PP, de modo que el Supremo no se pronuncia al respecto.

Sí que estaba uno de los principales condenados, el exalcalde de Boadilla del Monte, cuyo recurso ha sido desestimado por el Supremo, que ha rechazado aplicar las atenuantes de confesión, reparación del daño y dilaciones indebidas que éste solicitó.

La Audiencia Nacional consideró a González Panero, en prisión desde abril de 2022, responsable de 18 delitos y subrayó en su sentencia que además de actuar a favor de las empresas del considerado cabecilla de Gürtel, Francisco Correa, ocultó las comisiones que recibió a través de empresas domiciliadas en Madeira o en las islas Vírgenes.

Por el despliegue de la red Gürtel en el municipio entre 2001 y 2009 fueron condenados a 13 años y medio de cárcel el propio Correa y su segundo, Pablo Crespo, que ya cumplen desde hace años largas penas de prisión por otras piezas del caso.

Ellos fueron dos de los 16 acusados que reconocieron los hechos tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía y, en su caso, confesaron el pago en b de actos del PP.

Ninguno de los dos se encuentra entre los condenados que han recurrido al Tribunal Supremo, que sí que ha estimado los recursos de dos empresarios, Gonzalo Naranjo y Rodolfo Ruiz, a quienes absuelve junto a una mercantil.

En su sentencia, de 293 páginas, el Supremo ha estimado parcialmente el recurso de otro empresario, Carlos Martínez, al entender que se le debió atenuar la pena, y el de una funcionaria del Ayuntamiento, Alicia Vallejo, al no haberse acreditado que cooperase con el entonces alcalde, González Panero, en el blanqueo de capitales, o que participase en la falsificación de facturas.

En esta pieza del caso Gürtel, la Audiencia Nacional consideró probado que una parte de los "ilícitos beneficios" obtenidos por la red se dedicaron a "mantener los gastos" del PP en la localidad durante las precampañas y campañas municipales de 2003 y 2007, "creando con ello una dinámica de beneficio mutuo".

No era la primera vez que el PP resultaba condenado como partícipe a título lucrativo; también lo fue en la causa de la primera época de la trama Gürtel, y la Audiencia lo condenó asimismo como responsable civil subsidiario en el juicio por el pago en b de parte de la reforma de su sede.

El tribunal sentenció que la red se lucró por la adjudicación o contratación directa a las empresas de Correa o a las que seleccionaba éste a cambio de comisiones para los cargos públicos del Ayuntamiento y la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda (EMSVI) del municipio responsables de la contratación.