barcelona - La Fiscalía de Barcelona se opone a la aplicación al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, del régimen del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que le permite salir de la cárcel entre semana para trabajar y hacer voluntariado, pese a estar clasificado en segundo grado. En su escrito, el fiscal señala que además de la finalidad de reeducación y reinserción social, la condena “tiene fines de retribución y prevención general y especial, esto es, de intimidación al conjunto de la sociedad y al propio delincuente para disuadir mediante ella de la comisión de nuevos delitos”. Añade que en el caso de delitos graves, como el de sedición, la pena tiene que identificarse por la sociedad y por el condenado “como una sanción efectiva a fin de mantener la confianza en el Estado de Derecho y el buen funcionamiento de la administración pública”. - E.P.
- Multimedia
- Servicios
- Participación