El amparo parlamentario anunciado por Ciudadanos, PSC y PP ante el Tribunal Constitucional será estudiado y posiblemente resuelto en pocos días, resolución que, de ser positiva, pondrá a prueba los nuevos mecanismos de actuación del tribunal tras la reciente reforma de la ley que lo regula. Partido Popular, PSC y Ciudadanos presentarán hoy recursos contra la convocatoria de la Junta de Portavoces del Parlament y la admisión a trámite de la moción independentista de Junts pel Sí y la CUP, en la primera acción conjunta de los tres grupos contra el proceso de desconexión catalán.
La ley prevé que, en caso de ser admitidos a trámite estos recursos de amparo, el TC debe decidir si suspende o no provisionalmente las medidas impugnadas en tanto no decide sobre el fondo del asunto. Fuentes no oficiales del TC explicaron a Efe que, aunque la organización de la agenda depende del presidente, Francisco Pérez de los Cobos, es muy posible que este asunto sea abordado con prontitud y también que se adopte de modo inmediato una decisión definitiva. Es decir, es muy posible que, en este caso, el tribunal de garantías vaya más allá del trámite de admisión y resuelva desde un principio sobre la constitucionalidad o no de las medidas del Legislativo catalán.
Esto ya ha sucedido en otros amparos parlamentarios de los que ya se ha ocupado el TC como, por ejemplo, los presentados por Compromís contra resoluciones del Parlament valenciano en la anterior legislatura.
incidente de ejecución A partir de ese momento, se podría desatar el incidente de ejecución previsto por la reciente reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, lo que pondrá a prueba esta norma, que establece “un régimen específico para los supuestos de incumplimiento de las resoluciones del TC”. “En estos casos, el Tribunal solicitará un informe a quienes deban cumplirlas y, una vez se reciba el informe o venza el plazo que se hubiera dado, podrá imponer multas coercitivas, acordar la suspensión de las autoridades o empleados públicos responsables del incumplimiento, o encomendar al Gobierno de la Nación, aun en funciones, la ejecución sustitutoria”, dice la norma citada.
La reforma prevé que en este incidente el TC señale expresamente quién está obligado a cumplir sus resoluciones y, en este sentido, la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, podría ser la protagonista. La ley señala, además, que todas estas previsiones se pondrán en marcha “sin perjuicio de que puedan exigirse las responsabilidades penales que correspondan”. “En caso de advertirse que una resolución dictada en el ejercicio de su jurisdicción pudiera estar siendo incumplida, el Tribunal, de oficio o a instancia de alguna de las partes del proceso en que hubiera recaído” pedirá explicaciones a la persona afectada y, en función de las mismas, adoptará las medidas previstas.
De este modo, la advertencia del tribunal de garantías a los implicados de que podrían estar cometiendo un delito de desobediencia está expresamente prevista en la reforma. En la supuesta desobediencia cometida por el presidente catalán, Artur Mas, en relación con la consulta del 9-N, el abogado del Estado pidió en nombre del Gobierno al Constitucional que le advirtiera de ese posible delito, cosa que no hizo el tribunal de garantías. La defensa de Mas argumenta que era imprescindible ese apercibimiento para actuar penalmente contra él por desobediencia. En el caso de Forcadell, la reforma despeja esa duda. - Efe