Madrid - La Audiencia Nacional ha acordado la reducción del tiempo de estancia en prisión de los históricos presos de ETA Francisco Mujika Garmendia, Pakito; Santi Arrospide, Santi Potros; Rafael Caride Simón y Alberto Plazaola Anduaga, al descontar a sus condenas las penas que cumplieron en cárceles francesas, mientras que ha rechazado aplicar la misma medida para Iñaki Bilbao. La Sección Primera de la Sala de lo Penal ha solicitado en cuatro autos a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que realice un nuevo cálculo de las penas de estos cuatro presos y determine su nueva fecha de licenciamiento teniendo en cuenta sus periodos de reclusión en Francia, mientras que la Sección Segunda ha adoptado la decisión contraria y rechaza la petición de la defensa de Bilbao.

Estas dos decisiones contradictorias se producen después de que el pasado viernes el Pleno acordara que fueran cada una de las Secciones las que decidan sobre la acumulación de condenas cumplidas en países de la Unión Europea, en aplicación de una Decisión Marco del Consejo de Europa de 2008 incorporada en noviembre a la legislación española. Las dos Secciones coinciden en que esta normativa no es todavía “derecho vigente” porque, aunque fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 13 de noviembre, aún no ha “entrado en vigor” puesto que se establecía un periodo de 20 días que se cumple hoy.

Por lo que respecta a los autos de la Sección Primera, que acogen los recursos planteados por Pakito, Santi Potros, Caride Simón y Plazaola, se señala que la Decisión Marco tiene el objetivo de que los Estados “reconozcan a lo largo del proceso, incluida la fase de ejecución de una pena y el señalamiento del límite de cumplimiento, las sentencias condenatorias anteriores dictadas contra la misma persona en otro Estado para otorgarle el mismo valor que tuvieran si hubiesen sido pronunciadas por un tribunal nacional”.

Sin embargo, el auto de la Sección Segunda -que cuenta con el voto particular del magistrado José Ricardo de Prada, más próximo a la tesis de los jueces de la Sección Primera- destaca, en consonancia con el criterio de la Fiscalía, que “la ausencia de efecto directo de las Decisiones Marco no traspuestas al Derecho interno”. En el caso de Bilbao señalan también que sus condenas en Francia no se pueden acumular a las dictadas en España porque existe “un desfase cronológico” y “alejamiento temporal” que imposibilita la conexidad de delitos que exigía la jurisprudencia para acumular las penas.

Gisasola, la primera Carmen Gisasola, uno de los referentes de la vía Nanclares, fue la primera beneficiada por la nueva norma. Abandonó la prisión de Zaballa el pasado día 24 después de que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional aprobara su licenciamiento definitivo tras aplicársele el descuento de una pena de 10 años cumplida en cárceles francesas.

Tras esta decisión, que podía abrir la puerta a una serie de excarcelaciones, el Pleno de la Audiencia Nacional mantuvo el pasado viernes un extenso debate con dos posturas encontradas y se inclinó, por votación de la mayoría, por este procedimiento de estudio de los recursos de forma individual por cada una de las secciones de la Audiencia Nacional.

Sin embargo, si las decisiones de los tribunales individuales son contradictorias, como ya ha ocurrido con estos primeros casos con la disparidad de criterios entre las secciones Primera y Segunda, será entonces el Tribunal Supremo quien se encargará de fijar criterio, según confirmaron ayer fuentes jurídicas. - E.P.