MADRID. En un auto notificado este viernes, Gómez Bermúdez alega que la resolución en la que acordaba tanto estas citaciones como la de Bárcenas, que iba a producirse este viernes aunque fue suspendida por la Sala de lo Penal, no puede recurrirse en apelación por tratarse de una providencia y no de un auto.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) establece en su artículo 766.2 que "contra los autos del juez de Instrucción y del juez de lo Penal que no estén exceptuados de recurso podrá ejercitarse el de reforma y el de apelación", lo que excluye la posibilidad de recurrir providencias.

Tras poner de manifiesto "el literal del escrito del recurso (recurso de apelación contra la providencia)", Gómez Bermúdez resuelve que "debe ser inadmitido de plano", al entender que la resolución recurrida no es "susceptible de recurso de apelación".

DEBÍA HABER DICTADO UN AUTO, SEGÚN EL FISCAL

Sin embargo, la Fiscalía Anticorrupción ya advertía en su escrito que interponía un recurso de apelación contra la providencia por entender que "su naturaleza es la de un auto resolutivo de un presupuesto procesal relevante para la tramitación de la causa, como es el acuerdo de practicar diligencias". Es decir, que Gómez Bermúdez debería haber dictado un auto y no una providencia para acordar las citaciones.

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó este jueves suspender la declaración de Bárcenas ante Gómez Bermúdez al considerar que no resulta "necesaria" ni tiene la "reconocida urgencia" que requiere la ley para que los jueves en conflicto de competencia puedan realizar diligencias.

El tribunal, que se reunió de urgencia, admitió un recurso de apelación presentado por la Fiscalía Anticorrupción contra la providencia que el magistrado dictó el miércoles para interrogar al extesorero 'popular' y acordó la "suspensión cautelar" de esta comparecencia.

En su recurso, en el que se cuestionaba la providencia por la que Gómez Bermúdez anuló la "suspensión" de las declaraciones de Bárcenas, Lapuerta y diez supuestos donantes del PP, el fiscal consideraba "sorprendente" el "radical cambio de parecer" del juez instructor, que, a su entender, "carece de cualquier apoyo fáctico y jurídico".

"Entender que la esencia de la suspensión varía por pasar de estar pendiente de resolver sobre la inhibición planteada a plantearla, nos sitúa más en el ámbito de la picaresca para distraer la atención del Ministerio Fiscal y evitar un recurso previo, que en el entendimiento cabal y leal de las normas aplicables al caso en que analizamos", aseguraba.

PUGNA ENTRE LOS DOS JUECES

El juez Pablo Ruz, que interroga a Bárcenas este viernes, asumió la investigación sobre los 'papeles de Bárcenas' el pasado 7 de marzo después de que la UDEF estableciera en un informe que existen al menos tres vínculos entre el 'caso Gürtel' y la supuesta contabilidad B del PP, dos de los cuales afectan al presunto número 2 de la trama, Pablo Crespo, y al constructor Alfonso García Pozuelo.

Gómez Bermúdez, por su parte, admitió a trámite el pasado lunes una querella presentada por Izquierda Unida (IU) y otros cuatro colectivos sociales y acordó citar entre los días 25 y 27 de marzo a los dos extesoreros, nueve constructores que aperecían en la supuesta contabilidad B del PP y el presunto número dos de la trama 'Gürtel', Pablo Crespo. La Fiscalía Anticorrupción recurrió la decisión del juez para lograr la suspensión de estas diligencias.