nclave tiene dos acepciones en el Diccionario de la RAE: territorio incluido en otro con diferentes características políticas, administrativas, geográficas, etc; y, por otro lado, grupo étnico, político o ideológico inserto en otro y de características diferentes. En geografía política, un enclave es una parte de territorio de una jurisdicción territorial que está completamente rodeado por el territorio de otra jurisdicción. En España hay una serie más larga de lo que se cree de territorios enclavados dentro de otra provincia, de otra comunidad autónoma, y son problemas existentes. No vamos a entrar en casos como pudieran ser Rivadedeva y Peñamellera, de siempre autoconsideradas parte de Cantabria, pero que la reforma (sí, reforma, pues en el resto del siglo XIX se puso en cuestión, pero se quedó lo provisional en definitivo) de Javier de Burgos los metió en Asturias. Sus quejas cayeron en saco roto. No, seamos sensatos y pongamos la mirada en los territorios considerados por la comisión del Senado que estudió el asunto en el año 1995, última vez que se consideró buscar una resolución a la problemática.
Seguramente no sorprenderá a nadie si decimos que lo más natural es preguntar a los paisanos lo que quieran ser, porque a fin y al cabo son los que van a ser sujetos de una nueva unidad administrativa. Conste en acta que estamos hablando de ser parte de otra parte del mismo estado, porque sino se puede llegar a cosas tan absurdas como pretender comparar a Junts y Esquerra con la Unión del Pueblo Leonés (UPL) y la causa de la región leonesa, que lo único que pretende es el cumplimiento de las promesas fundacionales de la comunidad de León y Castilla, lárgamente olvidadas. Y como saben que si en el pasado no fueron reales, en el presente tampoco, y sólo resta el divorcio. Es decir, constituir una nueva comunidad autónoma de las tres provincias que compone la región leonesa. Siempre sin dejar de ser parte de España, por lo que tildarlos de separatistas, no tiene el menor sentido, salvo el de querer embarrar el tema, procurar el inmovilismo y las trincheras de difamar cualquiera que se mueva en un sentido no deseado que varíe el status quo. Por más que pueda contar con la legalidad y la voluntad mayoritaria de los ciudadanos.
Consultar a los ciudadanos debiera ser utilizado con mucha mayor profusión. Los municipios de los enclaves debieran poder expresar libremente a que administración quisieran contar para con su relación en subsidiariedad. Puede que quieran seguir donde están. Sólo hay que convencerles. Debe ser una opción. Pero, normalmente, si les temen, es porque no han sido capaces en el pasado y no lo quieren en el presente y futuro. Y saben lo que les viene encima. Una votación en mayoría absoluta de los votantes respecto al censo, con independencia de la participación, debiera ser suficiente para poner en claro, negro sobre blanco, la vocación de esos territorios rémoras de otros esquemas del pasado, que no han sido actualizados por falta de voluntad política y de ganas de poner la tapa al puchero. Poner tapaderas a modo de derecho de veto, siempre exógeno, siempre sin contar la población nativa del territorio, en base a su diputación y comunidad matriz. Para eso se debería contar con una Ley Orgánica del Estado que regule la solución de estos asuntos, que supere suspicacias y de una resolución definitoria a este atávico problema español.
En primer lugar debe contarse con la población nativa, en esa modalidad de consulta. En segundo término debe contarse con el consentimiento del territorio al que pide incorporarse, porque no debe darse por supuesto semejante escenario. El órgano provincial competente correspondiente deberá aprobarlo. En el caso de que la comunidad autónoma sea pluriprovincial, deberá, además, ver refrendado semejante admisión por la cámara legislativa autonómica. Obviamente hay que señalar que es más que probable que deba ponerse un límite por si el referéndum saliera negativo. En algún momento de la constitución se habla de 5 años para otros menesteres, pero se pueden poner otros números, múltiplos de tal, para evadir las legislaturas municipales, como pudieran ser 15 o 25 años. Insistimos, no debiera haber problemática dado que los territorios felices no aspirarán a ningún cambio, únicamente, todo lo más, a solidificar su actual status. Como dijera Don Miguel, lo importante no es vencer, sino convencer, hay que ser persuasivos para poder dotar de vínculo de consentimiento a los administrados con la administración de su elección y no de imposición derivado de unas peculiares circunstancias simple y llanamente porque no se quiso abordar semejante problemática en base a unos odios atávicos a cerrar determinadas heridas.
Seguramente esta sugerencia de una Ley Orgánica de Enclaves no será recogida con el cariño que merece, pero sin duda alguna es heredera directa de las propuestas puestas encima de la mesa en esa comisión en el Senado del año 1995, y muy posiblemente, la conclusión lógica a aquellos trabajos. Debiera ser aprobada por unanimidad por el conjunto de las dos cámaras en las Cortes, por Congreso y Senado, y abrir las compuertas a que, de manera definitiva, deje de ser un problema recurrente, aparentemente en unos pocos lugares, pero que encubren otros muchos, algunos de los cuales, por ejemplo, mediatizan el uso y utilización del agua del embalse del Ebro, cerca de su cabecera en la cántabra Fontibre, por parte de esta Comunidad Autónoma, al existir una serie de enclaves de la comunidad de Castilla, fundamentalmente Palencia. Todo un despropósito, que, como otros, deben ser sanados, solventados, y superados, muchos años después de la distribución arbitraria del señor Burgos en 1833, y que fue premiado con un ministerio para su autor. Esta es la propuesta. Dígaselo a su diputado, a su senador. Si le ha convencido, claro. Si no fuera así, pues nada, que tenga un muy buen día.