El auto de la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo -formada por los magistrados Miguel Colmenero y Francisco Monterde y el ponente, Alberto Jorge Barreiro- que ratifica la prisión provisional para Jordi Sànchez incluye no menos de dos aspectos que motivarían el cuestionamiento del equilibrio e imparcialidad exigibles en la impartición de justicia. En primer lugar, utilizar la resolución para rebatir los argumentos con que el tribunal alemán de Schleswig-Holstein rechazó la solicitud de extradición de Carles Puigdemont por el delito de rebelión -que ahora se analiza sustituir por el de sedición- supone una injerencia en la competencia, independencia y jurisdicción de los jueces alemanes y una gratuita reinterpretación de las leyes que aquellos aplicaron en su decisión al no considerar ésta “razonable”. En segundo lugar, en su auto, la Sala de Apelaciones pretende corregir y alterar el alcance del art. 472 del Código Penal que señala como reos del delito de rebelión a “los que se alzaren violenta y públicamente” para incluir una variante inexistente al considerar atribuible ese tipo penal a la utilización del cargo público obtenido en unas elecciones legítimas “con fines totalmente contrarios a los dispuestos por las normas que legitimaban su función”, lo que supondría un veto absoluto a cualquier intento de modificación del marco legal por parte de un gobierno legítimo y democráticamente elegido. Ambas consideraciones denotan, además, una inclinación determinada de la Sala que incidiría en lo que ya denunciase hace menos de un año el informe del Consejo de Europa sobre la independencia judicial en los estados miembro al situar al Estado español como el menos comprometido en la lucha contra la politización de la justicia, lo que también han denunciado otros acusados en su comparecencia ante el juez Llarena. Y ello permitiría interrogarse sobre los magistrados no ya en lo evidente, es decir, su competencia para analizar la actuación de otros jueces respecto a otra legislación, en el caso del tribunal de Schleswig-Holstein sobre el delito de alta traición en Alemania; o en lo discutible, su capacidad para interpretar la legislación del Estado, como en el caso del delito de rebelión del Código Penal; sino incluso en lo esencial, su cumplimiento de la tutela judicial efectiva que marca la Constitución y, por tanto, su idoneidad para determinar con objetividad sobre el recurso de Jordi Sànchez.
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