La decisión del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) de permitir la reapertura de la central nuclear de Garoña siempre y cuando el operador de la planta, Nuclenor, cumpla con las inversiones en seguridad que se le exigen solo se puede definir como una irresponsabilidad que antepone intereses económicos muy concretos a posibles riesgos derivados de la explotación de la central y a la opinión de la mayoría social y política. Por triple motivo. Por un lado, porque sienta un precedente que separa las revisiones integrales de la seguridad de las centrales, a realizar cada diez años, del permiso para seguir operando: el dictamen del CSN permitiría la explotación de Garoña durante más tiempo, 14 años, hasta 2031. Por otro, porque al avalar la reapertura condicionándola a nuevas inversiones en seguridad se reconoce que Garoña no reúne hoy las condiciones necesarias -es decir, que no se han cumplido las exigencias previas planteadas ya en su día por el CSN-, con lo que se da carta de naturaleza a la prolongación de la vida de las centrales nucleares no en virtud de lo adecuado de sus características sino de su capacidad para readecuarlas, lo que en seguridad nuclear solo puede tildarse de peligroso despropósito. Y, por último, porque pretender explicar el dictamen del pleno del CSN, cuya designación es política, en motivos técnicos que no serían vinculantes para la decisión definitiva a tomar por el gobierno solo puede ser la pretendida justificación para que Rajoy culmine el proceso que inició en enero de 2012 al encargar al mismo CSN un informe para eludir el cese de actividad de Garoña fijado por el Gobierno de Zapatero, que continuó con el decreto de modificación de la clausura de la central en julio de 2012 que permitía a Nuclenor solicitar la prórroga y que asentó en febrero de 2014 con otro decreto para, salvo por motivos de seguridad, permitir a las nucleares renovar su permiso de explotación. En otras palabras, la decisión quedará en manos de Nuclenor y sus cálculos de viabilidad. Que es, salvando las distancias en la proporción del riesgo, como si la ITV diera validez de circulación a un automóvil fabricado con tecnología de hace 50 años y que lleva 47 acumulando kilómetros con la sola condición de que incorpore los sistemas de seguridad que se exigen hoy y dejara la decisión última en manos del propietario del automóvil, quien puede optar por invertir en las modificaciones o retirar el coche de la carretera.