La aprobación en la ponencia del Parlamento Vasco del informe de la Ley de Garantía de los Derechos y la Dignidad de las Personas en el Proceso Final de su Vida o ley de muerte digna y su más que previsible aprobación en pleno el próximo día 30 con un apoyo diverso viene a solventar el vacío legal existente en cuanto a los derechos de las personas y las obligaciones de los profesionales de la salud en casos de pacientes que se encuentren sin posibilidades de recuperación. La nueva ley, además, es el fruto de un ejercicio de diálogo y pragmatismo en evitación de posturas inflexibles que hubieran impedido su aprobación y permite eludir los problemas derivados de una colisión con el actual Código Penal que la inicialmente pretendida inclusión en la misma de la eutanasia o el suicidio asistido hubiesen provocado. En todo caso, la legislación vasca estará en consonancia con el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano respecto a la biología y la medicina, suscrito en 1997, y completa la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente; es decir, contempla la necesidad y preserva el derecho de los pacientes a recibir cuidados paliativos integrales y especifica la responsabilidad en la atención tanto de los profesionales como de las instituciones públicas, evitando a quien así lo haya decidido usos inadecuados de medidas de soporte vital y la aplicación de las mismas sin otro efecto que mantener artificialmente la biología de la persona cuando no se justifica en una posible recuperación. No se trata, por tanto, de una ley de eutanasia, que además hallaría aún amplias resistencias éticas en nuestra sociedad, pero sí supone un paso relevante en el respeto a la libertad personal respecto a la propia vida y en la protección legal a los profesionales de la medicina al dar cobertura normativa a situaciones que se dan con más que relativa frecuencia en el ámbito hospitalario hasta la fecha sin un amparo legal cierto. Y, sobre todo, proporcionará un protocolo que evitará a profesionales, pacientes y entorno familiar gran parte de las incertidumbres que la situación de enfermedad terminal y la necesidad de prevención y alivio del sufrimiento en el proceso final de la vida generan.
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