LA vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo de los recursos interpuestos contra la sentencia que en 2009 anuló los incentivos vascos de las denominadas vacaciones fiscales que se habían aplicado 16 años antes ha servido para constatar la errática actuación de la Comisión Europea a lo largo de casi dos décadas. Ha quedado en evidencia que su actuación en todo lo concerniente a la especificidad fiscal vasca cuya independencia normativa fue finalmente reconocida y avalada por el mismo Tribunal de Luxemburgo en 2008 sólo pudo tener su origen en intereses y estrategias más cercanos a Madrid que a Bruselas. Sea cual sea la decisión última de la Justicia europea, no se puede obviar que el recurso contra estas exenciones fiscales fue presentado por la comunidad de La Rioja con el apoyo explícito de PSOE y PP; que ambos partidos han cuestionado reiteradamente en otras comunidades, e incluso en el Congreso, la singularidad del Concierto Económico y, por tanto, de la fiscalidad vasca; y que dicho cuestionamiento comienza con una denuncia de 1994 pero sólo se impulsa en la Comisión Europea a finales de los 90 cinco años después de la concesión de las ayudas fiscales coincidiendo con el Gobierno de Aznar y sus intentos por rebajar la autonomía vasca. No se trata ya de un debate que tenga que ver con la incardinación de la especificidad del sistema tributario vasco en Europa, logrado ya hace dos años, ni de su protección jurídica, culminada con el denominado blindaje del Concierto para que esta institución no esté sometida al vaivén batallas judiciales abiertas desde todas las instancias. Se trata ahora de si hay que satisfacer la multa de 40 millones de euros que interpusieron los tribunales europeos a las tres diputaciones después de 16 años de haber aprobado el régimen de exenciones fiscales y nueve después de que las anularan y fueran recuperadas. Máxime teniendo en cuenta que la Comisión Europea ha sido confusa en sus pronunciamientos, ya que no ha terminado de especificar qué criterios ha incumplido la recuperación de las ayudas en cada caso y se ha empeñado en considerar al Estado español como único interlocutor cuando eran las diputaciones forales las depositarias del derecho a preservar su propia fiscalidad.