Los agentes de tráfico tramitan en el Estado cada año cerca de 5 millones de multas por infracciones al código de circulación, pero podrían ser muchas más. Al volante de un coche o como peatones en la calle son numerosas las infracciones que se observan: bastan unos pocos minutos mirando el tráfico para confirmarlo. Y es aquí donde surge la pregunta inevitable: ¿y si nosotros mismos pudiéramos denunciar todas las infracciones que vemos? La respuesta es que, sí, podemos. Es una modalidad minoritaria, pero la DGT recibe denuncias de este tipo y cada vez llegan más de colectivos como ciclistas y motoristas.
La normativa de tráfico contempla la posibilidad de que un particular, cualquier ciudadano, denuncie conductas irregulares en la circulación. Según explican desde la Dirección General de Tráfico, sí se producen denuncias por esta vía: se contabilizan unas 2.500 al año. Son una mínima parte de las que se tramitan cada ejercicio por infracciones al reglamento de tráfico.
Cómo denunciar
La práctica totalidad de las denuncias de tráfico empiezan con la intervención de los agentes, pero también pueden ser iniciadas por particulares que quieran alertar sobre alguna infracción o comportamiento contrario a la normativa. Hay dos formas. La primera consiste en presentar un escrito de denuncia ante la jefatura de tráfico correspondiente, que le dará el trámite oportuno.
La segunda fórmula requiere acudir a un puesto de la Policía Local, Autonómica o Guardia Civil de Tráfico a denunciar los hechos constitutivos de la supuesta infracción. Allí los agentes confeccionarán un boletín de denuncia convencional, pero con una diferencia importante. En todo momento se dejará claro que se trata de una denuncia ciudadana, no a instancias de un agente.
La autoridad de los agentes
Esta es la clave para la segunda parte de toda denuncia: que surta efecto. La denuncia voluntaria carece de un elemento fundamental, el efecto jurídico de prueba que sí concurre en el caso de una denuncia formulada por un agente de la autoridad como puede ser un miembro de la Agrupación de Tráfico de cualquier cuerpo. Este es un detalle muy importante porque determina en buena medida si le denuncia va a prosperar o si, por el contrario, está condenada a quedar sin efecto.
Grabar como protección
La carga probatoria es la clave de las denuncias ciudadanas de tráfico y la explicación a una costumbre que se va arraigando entre motoristas y ciclistas: dejar grabado lo que ocurre mientras circulamos. Según la DGT, cada vez son más las denuncias de usuarios de estos vehículos, los más vulnerables, que llegan a las jefaturas respaldadas por imágenes de vídeo. De este modo, tienen más posibilidades de prosperar.
Según la DGT, la falta de carga probatoria deja sin efecto real muchas de estas denuncias: el simple testimonio de haber presenciado una infracción no es suficiente como sí lo sería en el caso de haber sido denunciado por un agente de la autoridad, a cuyas observaciones sí se concede la llamada “presunción de veracidad“.
No obstante, este es un aspecto que puede cambiar. Cada vez más afectados optan por aportar grabaciones o imágenes tomadas con dispositivos a bordo del vehículo, algo que empieza a ser frecuente ya que su uso se ha generalizado e incluso muchos vehículos de nueva construcción equipan cámaras para asistir a diversos sistemas de seguridad y ofrecen la posibilidad de grabar mientras circulamos. Así que es posible que, en un futuro cercano, se haga realidad eso de poder denunciar a otro conductor y que la denuncia voluntaria de un particular acabe en una multa de verdad.
Pasos a seguir
Es recomendable, pero no imprescindible, aportar una prueba documental, como puede ser una foto o un vídeo que acompañe a la denuncia, en un soporte físico (CD, por ejemplo) o como archivo adjunto en caso de tramitación electrónica.
Es importante tomar nota del lugar y hora exacto donde se produce la infracción, y si es posible la declaración de algún testigo, si lo hubiera.
- Redactar un escrito con los datos recopilados del lugar de la infracción, datos del infractor (matrícula), explicación de los hechos y testigos presentes si los hubo.
- Presentar el escrito, acompañado de la documentación probatoria de la que dispongamos por alguna de las siguientes vías:
- Si en el momento de la infracción había algún agente de la autoridad cerca se lo puedes notificar directamente de forma verbal, sin exclusión de realizar estos pasos si el agente no da el alto a la persona infractora.
- Presencialmente en la Jefatura Provincial de Tráfico o Departamento de la Policía Municipal o de tráfico de tu localidad.
- Electrónicamente, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, dirigido a la Jefatura Provincial de Tráfico competente en el lugar de la infracción.
Si tras presentar una denuncia voluntaria de tráfico no recibimos ninguna noticia es porque el proceso sigue su curso, el denunciado recibirá la denuncia y tendrá un plazo para recurrir, de lo contrario tendrá una sanción firme. Si recurre, en vista a las pruebas aportadas por las partes, la autoridad ratificará o anulará la multa. En cualquier caso, como mínimo la notificación habrá llegado al infractor y se habrá tenido que molestar en tramitar las alegaciones y recursos correspondientes.