Cada carnet expedido por la Dirección General de Tráfico, contiene los datos suficientes para ofrecer las limitaciones y características de cada conductor.
El código 106.5
Desde que se creó el carnet de conducir, hace ya más de 15 años, son muchos los conductores que mantienen su cuenta de puntos completa, es decir, 12 puntos, o 15 puntos en caso de que no hayan cometido ninguna infracción en los últimos tres años. Por el contrario, también están los conductores, que en estos años han perdido algún punto o el crédito total. Cuando un conductor pierde la totalidad de los puntos, pierde también la vigencia de su permiso de conducir. Es en ese momento, cuándo se ve obligado a realizar un curso de sensibilización y reeducación vial. Este curso consta de 24 horas de duración y después hay que superar un examen teórico. Una vez aprobado se solicita la expedición del nuevo permiso, que sólo dispondrá de 8 puntos. Además, en la parte posterior del carnet en el apartado 12 (observaciones), aparecerá el código 106.5., lo que significa que es un permiso nuevo, obtenido tras haber perdido la vigencia y la totalidad de los puntos del carnet anterior.
Los códigos del carnet tienen el objetivo de indicar a las autoridades determinadas limitaciones o restricciones que tiene el titular de ese documento. En 2017, estos códigos se modificaron para ser homologados con los del resto de la Unión Europea. Repasamos los más importantes:
Código 101. Solo aparece en los permisos de conducción del tipo D (vehículos destinados a transportar personas) y D1 (autocares). Hace referencia a que el vehículo debe circular en trayectos no superiores a los 50 kilómetros desde su base.
Código 102. Indica que el carnet ha sido prorrogado por 4 años desde su caducidad. Relacionado con este se encuentra el código 103, ya que señala que el documento de conducir se ha vuelto a obtener 4 años después de haber caducado. Y también el código 104, que expresa que el carnet se ha conseguido o prorrogado por un plazo de vigencia inferior al habitual.
Código 105. Marca que el titular de esa licencia de conducir tiene restringida la velocidad máxima por razones administrativas.
Código 171. Indica que se trata de un duplicado del carnet por haber sido sustraído el original o por haberse deteriorado o perdido.
Además de los códigos que son exclusivos para los carnets de conducir de España, existen otros códigos que se utilizan en los diferentes países de la Unión Europea. Estos se dividen en aquellos que hacen referencia a cuestiones del conductor y del vehículo. Los principales códigos que expresan limitaciones que se refieren a tus circunstancias personales son los que van desde el número 01 al 05:
Código 01. Indica corrección o protección de la visión. Es decir, que necesitas gafas o lentes de contacto para conducir, o que debes llevar cubierto un ojo.
Código 02. Indica que necesitas llevar una prótesis auditiva en uno o en ambos oídos.
Código 03. Se refiere a prótesis u órtesis, en este caso en las extremidades superiores y/o inferiores.
Código 05. Este es un subcódigo obligatorio que indica conducción restringida. Por ejemplo, que solo puedes llevar tu coche de día o por una extensión determinada de kilómetros, que tienes una cierta limitación de velocidad, que no puedes llevar un remolque o que solo puedes conducir por autovía.
Los códigos que van desde el 10 hasta el 35 tienen que ver con determinadas adaptaciones que requiere tu coche para poder conducir. Los más significativos son los siguientes:
Código 10. Expresa que tu vehículo debe llevar transmisión adaptada.
Código 15. Tu vehículo tiene que contar con embrague adaptado.
Código 20. Señala lo mismo para el mecanismo de frenos.
Código 25. Exige que el sistema de aceleración esté adaptado.
Código 30. Combina dos de los códigos anteriores, ya que indica que el automóvil debe tener mecanismos combinados de aceleración y frenos adaptados.
Código 35. Señala que los dispositivos de control del coche tienen que estar adaptados. Por ejemplo, los intermitentes o interruptores de los faros, el claxon o el limpiaparabrisas y su sistema de lavado.
Estos códigos tienen por objeto fomentar la seguridad del tráfico y evitar accidentes. En este sentido, hacen saber a las autoridades viales que el conductor en cuestión debe respetar unas restricciones concretas. El incumplimiento de las obligaciones que conllevan estos códigos lleva aparejada una sanción económica, aunque no implica la retirada de puntos del carné de conducir. No respetar lo señalado por estos códigos se considera una infracción grave, que está penada con multa de 200 euros.
En resumen, estos códigos de la licencia de conducir expresan que el titular de la misma está sometido a ciertas restricciones al volante. El objetivo es indicar a las autoridades determinadas restricciones y limitaciones del titular o vehículo del mismo, para velar por su seguridad y la del resto de conductores.