El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la pena de 19 años y 7 meses de prisión impuesta por la Audiencia de Álava a un hombre por retener y agredir sexualmente a su pareja durante 5 días en una lonja de Vitoria en mayo de 2022.
Según la sentencia de la Audiencia alavesa, el condenado retuvo "contra su voluntad" en una lonja de Vitoria a su pareja, de la que tenía una orden de alejamiento. Allí la mantuvo encerrada "sin poder salir a lo largo de cinco días", en los que la víctima "soportó agresiones físicas" y también "amenazas respecto a sus hijos para doblegar su voluntad de mantener relaciones sexuales", que ella no consintió "en ningún momento".
Ahora, el TSJPV ha rechazado el recurso interpuesto por la defensa contra este sentencia, que alegó que el tribunal sentenciador le generó indefensión al impedir que la mujer fuera interrogada en el juicio oral -en el que no estuvo ya que estaba ingresada en un hospital-.
El TSJPV respalda la ponderación que llevó a cabo la Audiencia de Álava para, con el visto bueno de Fiscalía y la acusación particular, adoptar su decisión de celebrar el juicio y reproducir como prueba la declaración prestada por la mujer en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer durante la instrucción del caso.
No se cercenó el derecho a la defensa
El Superior vasco considera que en este caso el derecho de defensa del acusado, "si bien no fue plenamente satisfecho, no fue cercenado" porque tuvo la opción real de interrogar a la víctima en la fase de instrucción.
De hecho, la defensa interrogó a la víctima en esa fase, "como puede colegirse de la reproducción del soporte videográfico en el que se grabó el testimonio".
Además, esta declaración no fue la única prueba de cargo que tuvo la Audiencia de Álava para condenar al acusado.
La sentencia del TSJPV, que ratifica en todos sus extremos la dictada por la Audiencia de Álava, no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.