Laminoria no solo acogerá un parque eólico, sino también otro fotovoltaico, ambos en terrenos ya trabajados por la explotación minera. Y ambos proyectos ya han entrado en el procedimiento para su aprobación o denegación por parte de uno de los ayuntamientos en los que se ubica esta amplia instalación, que se debe encargar en nombre de los demás de llevar a cabo los trámites pertinentes.

Así lo anuncia una orden del Departamento foral de Medio Ambiente, en cuyo documento se explica que el 25 de noviembre de 2022, la empresa Aixeindar solicitó la intervención de la Diputación Foral en la tramitación del plan especial del parque eólico de Laminoria y parque solar fotovoltaico con el mismo nombre ante la inexistencia de acuerdo de los municipios afectados por dicho instrumento. En la solicitud, acompañada del borrador del plan especial y del documento inicial estratégico, se señalaba que los parques se ubicarán en los términos municipales de Arraia-Maeztu, Iruraiz-Gauna y San Millán.

Ubicación

Junto a la mina y también sobre terrenos degradados

En concreto, el parque eólico se localiza en terrenos cercanos a la mina Laminoria, fundamentalmente en el término municipal de Arraia-Maeztu, aunque afectando también a Iruraiz-Gauna y San Millán. Por su parte, la planta solar fotovoltaica se sitúa en el término municipal de Arraia-Maeztu, dentro de terrenos degradados o de bajo valor natural de la cantera homónima.

En los documentos en los que se describe la inversión a realizar en ambas infraestructuras, a los que ha tenido acceso DIARIO DE NOTICIAS DE ÁLAVA, se señala, asimismo, que la electricidad generada por el parque eólico y por el parque solar fotovoltaico se conducirá hasta la nueva subestación transformadora San Millán, desde donde se evacuará mediante una línea eléctrica aérea de 220 kilovoltios (kV) hasta la red de transporte, conectándola a la subestación de Elgea mediante una línea aérea de alta tensión de 220 kV. Ni la subestación de San Millán ni la línea eléctrica entre las subestaciones de San Millán y Elgea están incluidas en el ámbito del plan especial, al encontrarse amparadas por otro proyecto, el relativo al parque eólico de Azáceta.

Aerogeneradores

Tendrán una longitud de pala de 72,5 metros

Dentro del ámbito del plan especial se incluyen los elementos que conforman el parque eólico Laminoria y el parque solar fotovoltaico Laminoria. Por una parte, detalla los aerogeneradores y una zona de afección entorno a los mismos de 145 metros medidos desde el buje, lo que equivale a dos radios de distancia, teniendo en cuenta que la longitud de pala de los aerogeneradores propuestos es de 72,5 metros. Este ámbito se contempla a cada lado de la línea imaginaria que une los aerogeneradores de cada alineación, y es donde se aplicará el régimen de usos que se recoge en el plan especial.

También se especifican las zonas fotovoltaicas, definidas por el vallado perimetral, los viales internos y una zona de afección en torno a los mismos de 10 metros a cada lado y el trazad de la línea eléctrica de evacuación de la energía generada y una zona de afección en torno a los mismos de 10 metros a cada lado.

Para todo el conjunto se matiza que el suelo incluido dentro del ámbito del plan especial está clasificado por el planeamiento municipal de los tres municipios afectados como suelo no urbanizable.

Accesos

Se aprovechará la infraestructura de la mina

Por otra parte se da cuenta de los accesos al parque eólico, que se realizarán a través de los accesos ya habilitados a la mina Laminoria. A partir de los caminos internos de la mina, se ejecutarán accesos nuevos hasta los aerogeneradores. Para la alineación de los molinos L01-L05 se intentarán aprovechar en la medida de lo posible las pistas existentes que se usan para el mantenimiento de la línea eléctrica aérea existente y las pistas de acceso a los puestos de palomas existentes en la zona.

Y para la alineación L06-L08, se intentará aprovechar la pista que conduce al muladar de buitres y después seguir por una estrecha pista. Desde la carretera de la mina se utilizará una pista que accede al muladar, evitando así usar la carretera a Musitu (A-4144). Hay un tramo del acceso al comedero que es vía verde.

En lo referente al parque solar fotovoltaico se plantea el acceso a la planta fotovoltaica desde dos carreteras, aprovechando los accesos existentes a la mina de Laminoria.

Por el norte, desde la carretera A-3310, se toma el acceso a Ullibarri-Jauregui. Tras recorrer unos 6.500 metros, se gira hacia el suroeste para acceder a la planta. Por el sur, desde la carretera A-4114, se toma el acceso a Laminoria Auzoa. Tras recorrer unos 950 m, se gira hacia el suroeste y, tras continuar unos 150 m, se gira hacia el oeste para acceder a la planta.

Tramitación

Falta por decidir la administración local competente

La dificultad que se trata de soslayar ahora es quién llevará a cabo el proceso de trámites. En cuanto a la energía eólica, el Plan Territorial Sectorial de la Energía Eólica en Euskadi tiene en su ámbito aquellos parques eólicos que cuenten con más de ocho aerogeneradores, viertan la energía generada en la red general y tengan así mismo una potencia instalada superior a 10 (megavatios). Además, si se proyectan en suelo no urbanizable deben lograr primero la declaración de interés social o utilidad pública.

El parque eólico se compone de ocho aerogeneradores, con lo que queda fuera del ámbito material del PTS y su instalación estará sometida a lo dispuesto en la legislación del suelo, que demanda la declaración individualizada de impacto ambiental y un plan especial, que será ratificado, o no, por la Diputación, tras pasar por el plazo de veinte días de exposición pública.

Por otro lado, en cuanto a la competencia para la formulación, tramitación y aprobación del plan especial, la ley señala que los planes especiales se formularán, tramitarán y aprobarán de acuerdo con lo establecido para los planes parciales, que corresponde en principio a los ayuntamientos y puede realizarla también cualquier otra persona física o jurídica.

El procedimiento fija que en el caso de municipios con población igual o inferior a 3.000 habitantes, una vez adoptado el acuerdo de aprobación provisional del Ayuntamiento, se remitirá, en un plazo no superior a diez días desde su adopción, a la diputación foral correspondiente para su aprobación definitiva. En el caso de municipios con población superior a 3.000 habitantes, la segunda aprobación municipal tendrá el carácter de aprobación definitiva. l

Gobierno Vasco

Exposición pública

llTrámite. El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco ha expuesto a información pública la solicitud de autorización administrativa previa para construir un parque eólico en Laminoria. Según el expediente el Parque Laminoria es una iniciativa de Aixeindar, S.A, que planea colocar 8 aerogeneradores, con una potencia bruta instalada de 40 MW, en la zona de la explotación minera. En esta fase se inicia un periodo de exposición para que las personas físicas o jurídicas interesadas puedan presentar solicitudes en competencia de acuerdo a lo dispuesto en la normativa. El de Laminoria es el tercer proyecto de parque eólico que promueve Aixeindar en Álava, tras los de Azáceta y Labraza, también de 40 megavatios de potencia suministrada por 8 aerogeneradores. Con anterioridad Aixeindar, sociedad conformada por el EVE y la empresa Iberdrola, renunció a levantar sendas instalaciones eólicas en Arkamo e Iturrieta.