a aprobación por parte del Gobierno Vasco de la concesión del tercer grado penitenciario a ocho presos de ETA -una mínima parte de los 160 reclusos de todo tipo que han accedido a este régimen de semilibertad- encarcelados en Euskadi ha generado cierta polémica, aunque afortunadamente de escaso recorrido. La asunción de la competencia de Prisiones por parte del Ejecutivo vasco el pasado 1 de octubre implica la plena ejecución de la legislación penitenciaria vigente en las cárceles situadas en la CAV, con arreglo a las leyes. Las progresiones de grado de los presos son no solo habituales sino que derivan del derecho de los reclusos que cumplan los requisitos para acceder a ellas a su plena reinserción social. Son las juntas de tratamiento de las diferentes prisiones las que realizan las propuestas de cambio de grado, tras evaluar, bajo criterios estrictamente profesionales, objetivos, rigurosos y científicos, el cumplimiento de las rigurosas condiciones establecidas en la ley penitenciaria. En los casos de cumplimiento de penas por delito de terrorismo, además, los requisitos para el acceso al tercer grado son especialmente duros, entre ellos que el preso haya satisfecho la responsabilidad civil derivada así como mostrar signos inequívocos de desvinculación con la actividad, medios y fines terroristas, un ejercicio de asunción del delito, de autocrítica y de voluntad reparadora y haber cumplido al menos la mitad o las tres cuartas partes de la condena impuesta. La Constitución española establece en su artículo 25.1 que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”, un objetivo irrenunciable para cualquier administración. El control exhaustivo y efectivo sobre las decisiones que adoptan las administraciones públicas en el ámbito de sus competencias, en particular en asuntos de especial sensibilidad social como la gestión y legislación penitenciarias, es no solo legítimo sino obligado. Pero resulta cada vez más irritante que ciertas decisiones, en especial si son aprobadas por el Gobierno Vasco, tomadas desde la más absoluta legalidad y en favor del ejercicio de un derecho básico de cualquier preso a la progresión de grado encaminada a su reinserción siempre que cumpla los requisitos, sea objeto de dura crítica y de reproche y utilización políticas, a menudo bajo intereses ideológicos y partidistas.
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