La Fiscalía cuestiona el registro de Sidenor al considerarlo "inadecuado y desproporcionado"
El ministerio público cree que la causa debe continuar únicamente para determinar si se ha cometido un delito de contrabando
La Fiscalía considera que la causa abierta para investigar si el presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga, y otros dos directivos de la empresa vasca incurrieron en delitos por la venta de partidas de acero, presuntamente sin autorización, a una empresa armamentística israelí, debe continuar únicamente para determinar si se ha cometido un delito de contrabando.
El ministerio público excluye así la investigación por una eventual participación por complicidad en delitos de lesa humanidad o, alternativamente, de genocidio, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press. Esta postura se recoge en un escrito fechado este pasado martes, en relación con la entrada y registro practicada en la sede de Sidenor en Basauri, donde la Policía recabó durante varias horas documentación sobre la venta de acero a Israel Military Industries (IMSI).
El registro en Sidenor se llevó a cabo tras un mes de investigación secreta de la Policía
La Fiscalía se opuso a dicha diligencia al considerarla “inadecuada y desproporcionada” en relación con el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, recogido en el artículo 18.2 de la Constitución.
OPOSICIÓN A LA ENTRADA Y REGISTRO
En su escrito, el ministerio público sostiene que, “a partir de este momento, toda la investigación se está realizando sin apoyatura legal alguna que la permita”, por lo que defiende la nulidad de todo lo actuado en lo relativo a los delitos de genocidio, lesa humanidad y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.
Por ello, la Fiscalía estima que el ámbito de la investigación debe circunscribirse exclusivamente al delito de contrabando, tipificado en la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, y que el Tribunal Central de Instancia solo debería continuar la instrucción por este concepto.
AUTO JUDICIAL
Con fecha de este mismo miércoles, el magistrado Francisco de Jorge Mesas ha dictado un auto en el que acuerda levantar el secreto de una pieza separada de la causa, abierta para investigar si Jainaga y otros dos directivos pudieron incurrir en un delito de contrabando y en participación por complicidad en delitos de lesa humanidad o genocidio.
En su resolución, el juez precisa que alza totalmente el secreto al haberse practicado ya la diligencia de entrada y registro. Contra este auto, las partes pueden interponer recurso de reforma en el plazo de tres días.
La investigación se inició en octubre del pasado año, cuando el magistrado acordó investigar a los responsables de Sidenor por la presunta venta, sin autorización gubernamental, de partidas de acero a IMSI. El tribunal consideró entonces que los investigados tenían “pleno conocimiento” de que se trataba de un fabricante de armamento y de que el material vendido podía destinarse a la fabricación de armas.
Asimismo, se apuntó que las operaciones se habrían realizado sin solicitar autorización al Gobierno ni inscribirse en el registro correspondiente, según constaba en un informe de la Comisaría General de Información de 10 de septiembre.
El 12 de noviembre, Jainaga y los otros dos directivos declararon como investigados en una causa iniciada a raíz de una querella de la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa. En su comparecencia, el presidente de Sidenor aseguró haber acreditado que no se cometió irregularidad alguna, al no estar el acero exportado incluido entre los productos sometidos a control especial por parte de la administración.
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