El próximo año llegará con importantes novedades en materia fiscal: a partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria tendrá acceso a toda la información sobre los pagos realizados a través de Bizum, independientemente del importe de cada operación. La medida, incluida en el Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, que actualiza el Reglamento del IRPF, obliga a las entidades financieras a remitir mensualmente los datos de todas las transacciones efectuadas mediante esta plataforma, con el objetivo de reforzar la vigilancia frente al fraude fiscal.
Ingresos de autónomos y pymes
El foco se centrará especialmente en los ingresos de autónomos y pymes, aunque también se recopilarán los pagos realizados por particulares, permitiendo a Hacienda detectar posibles ingresos no declarados.
Hasta ahora, las entidades solo debían notificar a Hacienda los envíos superiores a 3.000 euros, así como los saldos de cuentas y cifras globales de ingresos y pagos en determinados periodos, como el cierre trimestral o anual. A partir de 2026, no habrá importe mínimo y la remisión de datos será mensual.
Clientes gestionados por entidades extranjeras
Además, la obligación abarcará también a las cuentas y transacciones de clientes residentes en el Estado gestionadas por entidades extranjeras, tanto comunitarias como de terceros países, incluso si no tienen presencia física en el territorio español. Con esta medida, Hacienda busca incrementar la transparencia de los pagos electrónicos y minimizar los riesgos de fraude asociados al uso de plataformas de envío de dinero que han experimentado un fuerte crecimiento en los últimos años.