El Consejo de Gobierno vasco ha aprobado este martes la orden de ayudas al sector pesquero y acuícola que destina un total de 13.580.700 euros de los que 9.506.490 euros corresponden al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) y 4.074.210 euros a los presupuestos de Euskadi.

Asimismo, el Ejecutivo ha detallado que estas ayudas se distribuyen en 3.580.700 euros en créditos de pago del ejercicio 2024, 5.000.000 euros en crédito de compromiso para el ejercicio 2025, y 5.000.000 euros en crédito de compromiso para el ejercicio 2026.

Objetivos

Durante el ejercicio 2024, dada la limitación de la consignación presupuestaria, las líneas de ayuda a subvencionar, de entre las previstas en el Reglamento FEMPA, se refieren a la Gestión sostenible de los recursos pesqueros; y la Recogida de residuos con la participación de los pescadores en el mar y las playas.

También la disminución del efecto de la pesca; la Eficiencia energética y mitigación del cambio climático sin y con incremento de capacidad; la Sustitución o modernización de motores; Mejora de las condiciones laborales y de seguridad a bordo sin incremento o con incremento de la capacidad pesquera; y las Ayudas iniciales a jóvenes pescadores.

Asimismo, estas ayudas están dirigidas a apoyar el Valor añadido, economía circular y seguridad alimentaria; la Innovación; la Formación; el Control, inspección y observancia; los Puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y fondeaderos; la Innovación en acuicultura; Inversiones productivas y creación de empresas en la acuicultura; e Inversiones para la neutralidad climática en la acuicultura.

Otras de las áreas a subvencionar son la Contribución de la acuicultura al buen estado ambiental y prestación de servicios ambientales; las Medidas de sanidad y bienestar de los animales; la promoción del capital humano y del trabajo en red; el Aumento del potencial de las zonas de producción acuícola; el Impulso a la investigación y a la mejora del conocimiento.

La orden también contempla los servicios de asesoramiento específico para las explotaciones acuícolas; Mejora de la comercialización mediante campañas de promoción de los productos pesqueros y acuícolas; Inversiones en comercialización y transformación; el Fomento de la comercialización en el marco de la calidad y el valor 6 añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas.   

Nueva política pesquera

"Uno de los objetivos de la política pesquera común de la Unión Europea se centra en la potenciación de una flota profesional y rentable, que garantice una explotación sostenible de los recursos biológicos marinos y permita un aprovechamiento que no ponga en riesgo el equilibrio biológico de las poblaciones explotadas y la integridad del medio físico", ha destacado la consejera Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, Amaia Barredo.

En este sentido, ha subrayado que "uno de los pilares de la nueva política pesquera común de la Unión Europea, se basa en las medidas financieras de la Unión para su aplicación en lo relativo al Derecho del Mar, el desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas y de la pesca interior, así como de la Política Marítima integrada".

Asimismo, ha recordado que mediante el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea se estableció el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027, fijándose las prioridades del fondo, su presupuesto y las normas específicas para la concesión de financiación de la Unión, que complementan las normas generales aplicables al FEMPA.

Según ha explicado, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó unos criterios de selección para la concesión de ayudas del programa del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.

Solicitud en 2024

A través de esta orden, se abre el plazo de presentación de solicitudes de ayudas reguladas en el Reglamento FEMPA, en atención al principio de aplicación directa y obligatoria en toda la Unión Europea de los Reglamentos comunitarios, que no necesitan de transposición en los Estados miembros.

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse durante el ejercicio 2024 a las ayudas previstas será de un mes a partir de la entrada en vigor de la propia Orden. No obstante, se entenderán presentados dentro de plazo aquellos proyectos cuya solicitud se haya presentado de forma previa a la publicación de la Orden, siempre que sea dentro del ejercicio 2024.