- La Audiencia Provincial de Madrid ordenó al juez que instruye la causa contra el exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por el origen de su patrimonio que admita a trámite los recursos presentados por varios acusados contra la fianza de 4,5 millones de euros que les impuso al abrir juicio oral. La sala explica que si bien dicho auto no puede ser recurrido por ley en lo que a la apertura de juicio se refiere, no puede ir en menoscabo de “valorar la importancia y trascendencia de las medidas civiles en los ámbitos de la actividad socioeconómica y empresarial a los que afecta el moderno derecho penal”.

En concreto, la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid se refiere a los recursos de reforma de los que fueran directivos de las agencias Publicis y Zenith, así como a los de las propias compañías, sobre las que pesaba una fianza de 2,1 millones de euros en calidad de personas jurídicas. En el auto conocido ayer, los magistrados se remiten al criterio de otras audiencias, incluida la Audiencia Nacional, así como de la propia Fiscalía Anticorrupción, partidaria de atender la queja de los acusados.

Según el Ministerio Público, “la fijación de la fianza forma parte en realidad de la pieza de responsabilidades pecuniarias del investigado y como tal medida cautelar (...) es plenamente recurrible”. La sala entiende que la decisión del juez instructor Antonio Serrano-Arnal de no atender los escritos “viene dada por razones esenciales”.

La principal es dar “mayor celeridad al procedimiento, evitando nuevas dilaciones”; sin embargo, añade, las discrepancias sobre la responsabilidad pecuniaria de los acusados no tienen “capacidad de dilatar la causa al tramitarse de forma diferenciada”.

El pasado junio el titular del juzgado de Instrucción número 31 de Madrid acordó la apertura de juicio contra Rato y otra casi veintena de personas, físicas y jurídicas, por presuntos delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo.