- El juez de la Audiencia Nacional a cargo de las investigaciones en el casoVillarejo, Manuel García-Castellón, ha rechazado la petición de Iberdrola de anular la resolución en la que acordó la imputación del presidente de la compañía, Ignacio Sánchez Galán, y otros tres directivos en el marco de la pieza 17 del denominado casoTándem.
En un auto de cinco folios fechado el pasado miércoles, el magistrado instructor explica que no ve motivos para anular la investigación que se sigue contra el directivo ni las pesquisas relativas a la contratación del comisario jubilado y principal investigado de la causa José Manuel Villarejo por parte de la compañía eléctrica.
El juez precisa que, según la Ley Orgánica del Poder Judicial, la nulidad de actuaciones ha de hacerse por medio de los recursos legalmente establecidos, sean de carácter ordinario o extraordinario. “En el presente caso la nulidad no se hizo valer por vía de recurso, cuando hubo posibilidad para ello”, indica. Aunque rechaza la solicitud de la eléctrica por aspectos formales, subraya que el incidente tampoco podría prosperar por cuestiones de fondo.
La representación legal de Iberdrola presentó un escrito ante el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional en el que pedía la nulidad de todas las resoluciones judiciales dictadas entre el 27 de mayo y el 25 de junio.
La eléctrica realizó el planteamiento poco después de que el instructor pidiera a la Fiscalía Anticorrupción que se pronunciara sobre si Iberdrola debía estar personada o no como acusación en la causa, habida cuenta de que se habían acumulado en esta pieza las diligencias que se abrieron en un juzgado de Bilbao a raíz de una querella de la compañía contra uno de los investigados, el exdirectivo José Antonio del Olmo.
Iberdrola fundamentó su petición en que la negativa a darles acceso a las actuaciones les impide conocer qué otras resoluciones, por forma o contenido, podrían ser susceptibles de ser calificadas como nulas o cuáles deberían ser los efectos de esa nulidad.
El juez ha respondido a la compañía y ha asegurado que “se trata de una cuestión que ya se resolvió en el auto de 9 de julio de 2021”, en el que se acordó decretar el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto al delito de falsedad documental que se le atribuye y en el que se estimó revocar la condición de parte respecto de la eléctrica, mantenida hasta el momento.
En su auto, el magistrado insiste en que Iberdrola fue notificada y que tuvo la oportunidad de presentar recurso, “por lo que no se ha causado indefensión alguna”, de ahí que considere que “debe desestimarse la nulidad también por cuestiones de fondo, al no apreciarse situación alguna que justifique la nulidad invocada”.
En otro auto firmado el pasado martes, el magistrado también rechazó el recurso de reforma presentado por Cornelius Dica y C-TECH en el que solicitaba que se incluyera la imputación a Iberdrola Renovables Energía de un delito continuado de revelación de secretos, y en el que se alegaba una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva al no incluir la imputación de la filial.