El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado un recurso de ELA y ha condenado a Alestis por "vulneración del derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo" y a indemnizar a tres trabajadoras por la aplicación discriminatoria del ERTE en la planta de Vitoria.

Según ha explicado ELA, en mayo de 2020 la empresa Alestis y CCOO y UGT acordaron un ERTE en sus plantas españolas mediante el cual varios trabajadores fueron mandados al paro durante cuatro meses y otros "fueron rotando".

En la planta de Vitoria la empresa aplicó un criterio a mujeres trabajadoras con reducción de jornada que ELA consideró injusto, por lo que interpuso una denuncia en el Instituto vasco de la Mujer, Emakunde, que determinó que la aplicación del ERTE suponía "un efecto desfavorable" para las empleadas.

El sindicato lamentó que la resolución de Emakunde no tuviera ninguna consecuencia práctica, por lo que recurrió judicialmente y la sentencia ahora reconoce que se produjo una vulneración del derecho a la no discriminación por razón de sexo.

El TSJPV condena a la empresa a pagar 6.251 euros a tres trabajadoras y desestima la demanda de otras dos empleadas.