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Los planes de igualdad deben negociarse en el convenio
El Supremo ratifica una sentencia de la Audiencia Nacional contra Ayesa por una comisión específica
- El Tribunal Supremo ha acordado que los planes de igualdad deben negociarse en el marco de los convenios colectivos, y la creación de comisiones ad hoc para ello están limitadas a casos excepcionales. La sala de lo Social rechaza el recurso presentado por la empresa de ingeniería Ayesa contra una resolución de la Audiencia Nacional de diciembre de 2019.
La empresa trató de mantener vigente un plan de igualdad de 2010, en cuya redacción no habían intervenido los sindicatos, pero tras celebrarse elecciones sindicales en 2012, los representantes de los trabajadores solicitaron una negociación. Ayesa intentó crear para ello una comisión excepcional, extremo rechazado por la Audiencia Nacional y ahora por el Tribunal Supremo.
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