El Tribunal Supremo ha reconocido que la relación entre un repartidor y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral, y ha rechazado elevar la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

En un comunicado, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo señala que ha estimado el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de marzo de este año.

En dicho fallo, el TSJC consideró como falso autónomo a un exrepartidor de Glovo despedido en 2017 tras dos años de servicio, y obligó a su readmisión o a indemnizarlo.

Ahora, el Supremo ratifica dicho criterio al entender que concurren las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad.

Para el Supremo, Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio. Además, es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad, los repartidores o "riders".

Estos trabajadores no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, sino que prestan su servicio "insertados" en la organización de trabajo del empleador.

GLOVO ESPERA UNA LEGISLACIÓN PARA EL SECTOR

Glovo ha indicado que está a la espera de la definición de un marco regulatorio "adecuado" por parte del Gobierno y la Unión Europea, después de que el Tribunal Supremo haya declarado que la relación existente entre un repartidor y la empresa tiene naturaleza laboral.

En un comunicado este miércoles, la empresa de reparto ha indicado que "respeta" la sentencia del alto tribunal, que sostiene que Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores.

Glovo ha sostenido que ha defendido desde siempre la definición de una legislación a nivel estatal, puesto que, a su juicio, las resoluciones judiciales versan sobre situaciones concretas de un modelo "en constante evolución".

Para Glovo, la nueva regulación para el reparto a través de aplicaciones móviles tiene que ser promovida "en base al diálogo entre todos los actores interesados".

IU: "MALA NOTICIA PARA LOS QUE QUIEREN EXPLOTAR"

El portavoz de Izquierda Unida en el Congreso, Enrique Santiago, ha celebrado este miércoles la sentencia del Tribunal Supremo en la que reconoce una relación laboral entre la empresa de reparto Glovo y sus repartidores, los conocidos como 'riders'.

"Buena noticia para la clase trabajadora y mala para quienes quieren explotar aún más para aumentar sus beneficios: el Supremo falla contra Glovo y sentencia que los 'riders' son falsos autónomos", ha afirmado en un mensaje en su cuenta de Twitter.