MADRID. También se sentarán en el banquillo la expresidenta de la comisión de Nombramientos y Retribuciones Mercedes Gracia, la exconsejera Alicia Velarde y al expresidente de Abengoa Antonio Fornieles, que acordaron el pago de tales cuantías, todos ellos por un presunto delito de administración desleal.
Además, la magistrada requiere a Benjumea, Gracia, Velarde y Fornieles para que presenten de forma solidaria y en el plazo de 24 horas una fianza por responsabilidad civil de 3,4 millones de euros, cantidad que resulta de restar las cantidades ya depositadas por el expresidente de la compañía de la indemnización percibida, valorada en 11,4 millones.
Un supuesto similar establece para Sánchez Ortega, quien deberá abonar en el mismo plazo aunque de forma individual, 1,3 millones de euros; en el caso de no satisfacer tales cantidades, la Audiencia procederá al embargo de bienes para cubrir dichas sumas.
Los hechos se remontan a septiembre de 2015, cuando se formalizó la aparente salida de la entidad de Benjumea y Sánchez Ortega, se les concedieron unas indemnizaciones por cese anticipado de 11,4 y 4,5 millones de euros, unas cantidades que la instructora considera que "no parecen acordes con los resultados empresariales de la sociedad" en aquel momento.
Sólo dos meses después, el 25 de noviembre, Abengoa presentaba en los juzgados mercantiles una solicitud de preconcurso de acreedores, lo que motivó la interposición de acciones legales por parte de los bonistas de la compañía.
En su escrito de acusación, al que alude la juez Lamela en el auto, el Ministerio Fiscal solicita para Benjumea 5 años de cárcel y multa de diez meses, con una cuota diaria de 300 euros (aproximadamente, 90.000 euros), en tanto que para Sánchez Ortega pide cuatro años y tres meses de prisión y 72.000 euros de multa.
En tanto que los tres miembros de la comisión, Gracia, Velarde y Fornieles, hacen frente a una petición de tres años y medio de prisión; además, el fiscal del caso, José Perals, reclama que se inhabilite a todos para el ejercicio de cargo en un consejo de administración durante los próximos diez años.
En el auto de procesamiento, Lamela puntualizaba que ni Benjumea ni Sánchez Ortega se desvincularon totalmente de Abengoa, ya que un mes después de dejar su cargo, Ortega firmó un contrato de prestación de servicios por el que seguiría cobrando la remuneración que le correspondería como consejero delegado.
Por lo que respecta a Benjumea, fue nombrado consejero dominical y presidente no ejecutivo en la misma reunión en la que fue cesado, cargos por los que recibiría una retribución bruta anual de 1.086.000 anual y mantendría su cotización a la Seguridad Social.
Estos vínculos suponen que la relación contractual de ambos "no se había extinguido", precisaba la juez, por lo que no cabe aceptar que tuvieran que recibir indemnización alguna.
Según la titular del juzgado central de Instrucción número 3, de lo que se trató es de que "Benjumea recibiera una cantidad de dinero extremadamente importante, máxime en un momento tan delicado por el que pasaba Abengoa, y le fueran respetados el máxime de derechos dentro de la sociedad como sueldo base, medios materiales, cotizaciones y seguros".