MADRID. En concreto, el mercantil deja sin efecto la fase de convenio y abre la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, por la imposibilidad de cumplimiento del convenio aprobado.

De esta forma, el juzgado ha acordado la suspensión de las facultades de administración y ha declarado disuelta Fiesta S.A., cesando en su función a sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, que ha sido repuesta en el cargo.

El juzgado recuerda que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable dentro de los 10 días naturales siguientes a la publicación en el BOE.