Los datos aportados por el CGPJ tienen en cuenta los procedimientos que, declarados y tramitados en los juzgados de lo mercantil, procede su apertura para cualquier deudor e incluyen tanto los concursos ordinarios como los abreviados, así como los voluntarios y necesarios. Las entidades que forman parte de la organización territorial del Estado, los organismos públicos y demás entes de derecho público no pueden ser declarados en concurso.