Madrid. El Banco de España reconoció en 1993 que había empresas filatélicas que operaban como entidades financieras, sin control oficial, y que podían ser una estafa, en una carta enviada a un particular que denunció de forma reiterada las irregularidades de Fórum Filatélico, según la misiva.

Para entonces, la filatélica creada en 1979 contaba con cerca de 60.000 clientes y cuando fue intervenida 13 años después, sumaba 269.000 clientes que habían depositado 3.287 millones de euros, de los que sólo han recuperado un 10%. Hoy se cumplen cinco años del cierre de las empresas por presuntos delitos de estafa, insolvencia punible y administración desleal, entre otros.

Un grupo de afectados remitió esta documentación a la Audiencia Nacional porque considera que rebate los argumentos de la sentencia que eximió al Estado de responsabilidad por no controlar las empresas. El Tribunal Supremo confirmó esta sentencia y la hizo extensiva a todos los afectados.

La carta de fecha 20 de enero de 1993, escrita por el entonces jefe de los servicios jurídicos del supervisor, Joaquín Fanjul de Alcocer, constataba que el Banco de España había detectado "desde hacía ya bastantes años", que "proliferaban una serie de negocios que, bajo la apariencia de filatélicas, se esconden verdaderas entidades financieras que quedan absolutamente sin control oficial y que, en la mayoría de los casos, terminan en claras estafas".

El denunciante, un pequeño comerciante de filatelia, advirtió al Banco de España de que Fórum estaba vendiendo unos sellos a un precio de 3,6 millones de pesetas, cuando en los catálogos oficiales le otorgaban un valor de 346.500 pesetas, lo que podía suponer una estafa y la "quiebra por falta de nuevos inversores".

Los afectados consideran que esta documentación demuestra la negligencia de los sucesivos gobiernos por no actuar frente a una estafa que se desarrollaba bajo su conocimiento. Además, defienden que Fórum y Afinsa carecían de regulación hasta 1998, cuando se aprobó un artículo de la LMV que establecía que cualquier captación de ahorro debía estar regulada por la CNMV, o por la Ley de Disciplina e Intervención del Banco de España. Este artículo se derogó en 2005.