madrid. El Supremo ha decretado, por unanimidad de todos sus magistrados, el cierre del caso Tabacalera, y confirma así la absolución del presidente de Telefónica, César Alierta, y de su sobrino, Luis Javier Plácer, por prescripción del delito de uso de información privilegiada en una operación de compra-venta de acciones de Tabacalera realizada en 1997, cuando el primero presidía la compañía y con la que obtuvo un beneficio de 1,89 millones de euros.
En su sentencia, emitida el pasado martes, el Supremo acepta la calificación del delito como tipo básico -con un plazo de prescripción de 5 años- en lugar del tipo agravado- plazo de 10 años-, que defendía el Ministerio Fiscal, pero cambia su forma de computarlo al considerar que la consumación se produce cuando la información privilegiada ha tenido influencia en el mercado y se revalorizan las acciones de la compañía. En este sentido, la sentencia concluye que el delito se produjo el 26 de septiembre de 1997, fecha en la que el valor de Tabacalera alcanzó su momento más alto desde que se hizo pública su adquisición de la empresa cigarrera norteamericana Havanatampa. Desde esa fecha, hasta el 22 de noviembre de 2002, momento de la presentación de la querella criminal, transcurrió el plazo de cinco años que el Código Penal marca para la prescripción.
El Supremo desestima así el recurso de casación presentado por el fiscal que pedía aceptar el tipo agravado del delito de uso de información privilegiada, al considerar que los hechos causaron un grave daño a los intereses generales. Esta decisión corrió a cargo del Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo que se reunió el pasado 26 de octubre para la unificación de criterios.