Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: “Estas son las enfermedades que permiten jubilarse antes”
El jurista y creador de contenido, conocido en redes sociales como @un_tio_legal, en donde comparte un truco interesante
La jubilación es un aspecto muy comentado en los últimos tiempos. Entre las condiciones para poder acceder a ella, el cálculo de la pensión, los años cotizados y otros tantos detalles, a veces se pasan por alto otros que también podrían ser útiles para retirarse de la vida laboral de forma efectiva y totalmente segura.
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Así lo hace saber el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, conocido en redes sociales como @un_tio_legal, en donde comparte un método que puede facilitar la jubilación de una forma más sencilla de lo que imaginamos.
11 enfermedades nuevas para jubilarse
Según aclara este jurista, existen 11 enfermedades nuevas que “permiten jubilarse antes en y la mayoría de personas no tienen ni idea”. En sus palabras, si se sufren, se podría cobrar la pensión antes y sin recortes.
“Y sí señores, finalmente se ha ampliado la lista de enfermedades que permiten una jubilación anticipada siempre que cumplas ciertos requisitos”, añade el también creador de contenido en un vídeo reciente que ha subido a su perfil.
Cambios en la ley
Tal y como explica el jurista, “Esto deriva de un Real Decreto del año 2009 que desarrolla el artículo 161 bis de la Ley de Seguridad Social, que en determinados supuestos la edad de jubilación que recordemos, la edad ordinaria de jubilación era 65 años y ahora está subiendo hasta los 67”.
En estos casos, se permite anticipar y jubilarte a una edad anticipada, siempre y cuando se tengan estas enfermedades y se cumplan los requisitos legales siguientes. Las nuevas enfermedades son: “Esclerosis múltiple, parálisis cerebral, síndrome de Down, fibrosis quística, enfermedad de Crohn grave, trastornos del espectro autista, daño cerebral adquirido y ahora también nuevas enfermedades incluidas recientemente en el listado legal”.
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Más detalles para jubilarse
Eso sí, Ignacio de la Calzada indica que no basta con tener la enfermedad, pues hay que cumplir con más requisitos para jubilarse: “Tener un grado de discapacidad reconocido del 45% o superior y que esta discapacidad deriva de una enfermedad del listado oficial. Además, sí, tienes que haber cotizado un mínimo de 15 años y que 5 de estos sean con discapacidad reconocida”.
“Mucha gente se pregunta, ¿tiene recorte la pensión? La respuesta es que no. En estos casos se cobra el 100%. Pero cuidado porque muchísimas personas tienen un 45% pero es que no se pueden jubilar antes porque no tiene que ver el porcentaje, tiene que ver este porcentaje de discapacidad en relación con las enfermedades del listado”, aclara.
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La importancia del sistema de pensiones
El sistema público de pensiones, que lleva activo desde sus inicios, es uno de los pilares fundamentales del actual estado del bienestar. Su objetivo es muy simple: premiar toda una vida laboral con prestaciones dignas para afrontar la tercera edad con dignidad.
Con cambios en la demografía y el mercado actual, ha sufrido numerosas modificaciones con el claro objetivo de garantizar su sostenibilidad y así poder garantizar los derechos adquiridos de los trabajadores.
