El teléfono móvil es ya sin duda una elemento omnipresente en nuestra vida cotidiana y laboral. Siempre lo tenemos a mano y lo utilizamos durante gran parte del día en nuestro entorno personal, social, familiar, etc. Y por supuesto cada vez más en el trabajo.

Miramos nuestro móvil casi constantemente, queremos revisar todo, cualquier mensaje o aviso, incluso lo consultamos como un tic mecánicamente sin tener ninguna notificación. Un estudio de HMD Global señala que lo miramos promedio de 142 veces al día y más de 18 horas a la semana viendo la pantalla. Cifras para la reflexión, ya que pueden conllevar trastornos asociados .

En el caso del trabajo, es un elemento indispensable, y muchas veces ligado a las funciones laborales que tenemos encomendadas.

Pero su utilización no está regulada en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que hay un vacío legal en cuanto a su uso durante la jornada laboral. Lo único que menciona, en el artículo 20, es que "el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales". Es decir, no se puede evitar que el trabajador tenga consigo un teléfono móvil, pero sí podría limitarse su uso en plena la jornada laboral.

Muchas veces las sanciones, y en último caso el despido, por usar el teléfono en el trabajo dependerá de las circunstancias concretas del caso y del tipo de trabajo. Es muy raro que te despidan la primera vez que ocurra, pero sí podría darse el caso si los avisos son reiterados y si se acumulan sanciones por este motivo.

Y siempre, claro está, que el uso de los móviles para fines no laborales esté específicamente limitado o prohibido por las normas de la empresa o por el convenio particular o sectorial. Cuando esté explícitamente prohibido su uso, incumplir la normativa de la empresa puede ser motivo de despido, aunque en general las empresas suelen recurrir previamente a avisos o sanciones.

Los expertos sostienen que la prohibición o limitación tiene que constar previamente escrito, ya sea en el contrato de trabajo o a través de las normas internas de la empresa y con conocimiento del comité de empresa. Los motivos que suelen alegar para implantar esta norma es que se desatienden obligaciones laborales y se relaja la productividad.

También destacan que la normativa debe contempla causas de fuerza mayor o emergencias, en las que el uso del teléfono móvil puede ser necesario.

Por otro lado, la Ley de Protección de Datos, indica que las empresas deben respetar la privacidad de sus trabajadores y no pueden acceder o controlar el contenido personal del móvil del trabajador sin su expreso consentimiento previo.

Sentencia

No hay muchos casos documentados de despido. Uno de los más recientes es una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en un auto del 8 de octubre, que confirmaba el despido de un trabajador como consecuencia del uso excesivo y expresamente prohibido de su teléfono móvil durante su jornada laboral.

En este caso, la prohibición estaba expresamente marcada por la empresa, y en caso de incumplimiento los responsables se encargaban de amonestar verbalmente a los que no hacían caso de dicha norma. Dicho trabajador llegó a recibir tres avisos formales hasta que fue finalmente despedido.

También se sentencias en sentido contrario en las que los magistrados señalan que el uso del móvil en horas de trabajo no es sancionable hasta el punto de justificar un despido procedente, pero no concurren las circunstancias señaladas anteriormente.