- La Fiscalía Provincial de Madrid ha presentado ante la sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid un recurso de apelación contra la sentencia que absolvió al exfutbolista Xabi Alonso y a sus asesores Iván Zaldúa e Ignasi Maestre de tres delitos contra la Hacienda Pública por “haber eludido” el pago de alrededor de cinco millones de euros en sus impuestos correspondientes a los ejercicios fiscales de 2010, 2011 y 2012. El representante del Ministerio Público pide la nulidad del fallo “ante la insuficiencia e irracional motivación fáctica que lleva al pronunciamiento absolutorio y el apartamiento manifiesto de las máximas de experiencia y la lógica en la valoración del conjunto de la prueba practicada”.
Además, solicita la devolución de las actuaciones al mismo órgano que dictó la resolución para un nuevo enjuiciamiento, pero con una composición distinta de la Sala. El recurso parte de la base de que los hechos declarados probados en la sentencia adolecen de falta de racionalidad en la motivación fáctica, y ello porque viene a dar por acreditado “como base fundamental de la absolución y sobre la que pivota la misma”, que la entidad Kardzai llevó a cabo la explotación de los derechos de imagen que le fueron cedidos, que a su vez subcontrató a la sociedad The Best of You, “siendo esta la que llevaba las negociaciones con las sociedades que contrataron a Xabi Alonso para desarrollar las actividades publicitarias en el ámbito de aquel contrato de cesión”.
El “núcleo” de las discrepancias es, a criterio de la Fiscalía, “la falta de racionalidad de la motivación fáctica con base en las pruebas practicadas en el juicio oral y la coherencia entre ellas”. Señala incluso que “gran parte de las conclusiones del Tribunal no obedecen a la lógica, omitiendo datos relevantes o expresando unas razones que deben apuntar a una dirección contraria”. De ahí que insista en la necesidad de que los elementos probatorios se analicen de forma “lógica” y “razonable”. El pasado 9 de abril, la Audiencia Provincial de Madrid absolvió nuevamente al exjugador de los cargos, igual que había dictaminado a finales de noviembre del año 2019, después de que el 25 de enero de este mismo año el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulase su sentencia absolutoria y ordenase la devolución de la causa para que los mismos magistrados dictasen una nueva sentencia en la que se solventasen las omisiones que habían determinado la nulidad.