TOLEDO. Según la sentencia de conformidad de la partes, el ahora condenado, como mediador de una aseguradora, ofertó entre 2007 y 2009 a sus clientes un producto financiero mediante el cual le entregaban una cantidad de dinero con la falsa promesa de obtener un rédito posterior, "que nunca fue obtenido".
El tribunal señala que el procesado "aprovechó" la confianza que representaba su persona dentro de la localidad y que actuó con sus facultades volitivas e intelectivas afectadas de forma parcial por su dependencia al juego, "que le determinaba la comisión de los hechos delictivos para satisfacer esta compulsión".
También destaca la sentencia que el acusado, previamente a tener conocimiento del procedimiento que se dirigía contra él, reconoció los hechos relatados mediante un escrito en el 12 de enero del 2010.
El fallo del tribunal incluye además una multa de ocho meses con cuota diaria de 12 euros, sujeta a responsabilidad personal subsidiaria en caso de insolvencia de un día por cada dos cuotas no satisfechas, así como el abono de las costas causadas.