MADRID. En su resolución, el organismo presidido por Reinaldo Rodríguez declara responsable directa a la operadora de la comisión de una infracción "muy grave" por haber incumplido su resolución de 27 de marzo de 2008 sobre la revisión de la oferta de referencia de Servicios Mayoristas de Banda Ancha (OIBA) de Telefónica de España.
Los hechos se remontan a julio de 2008, cuando Vodafone presentó un escrito a la CMT denunciando el incumplimiento por parte de Telefónica de los plazos de la resolución del organismo regulador. En dicha resolución se otorgaba un plazo al operador dominante de cuatro meses -- un plazo mayor del habitual fijado en un mes-- para que incluyera en el Sistema de Gestión de Operadores (SGO) los procedimientos administrativos necesarios para que los operadores alternativos pudieran replicar el servicio.
La CMT considera que Telefónica retrasó la implementación del servicio de acceso indirecto a Internet en un año, lo que limitó la capacidad de competir de los operadores alternativos.
"Resulta de gran relevancia la necesidad de que Telefónica ofrezca el nuevo servicio de acceso indirecto sin servicio telefónico, tal y como se ha determinado en la Oferta de Referencia", señaló la CMT en su resolución.
El organismo regulador explicó además que esta "necesidad" responde a la restricción de acceso mayorista de banda ancha a los pares con líneas telefónicas activas de Telefónica, lo que refuerza su posición y le permite beneficiarse de los esfuerzos comerciales de terceros operadores en banda ancha para fidelizar al cliente en el mercado de acceso a la red telefónica.
Asimismo, la CMT destaca como "aspecto clave" para los operadores alternativos que quieren obtener una mayor cuota de mercado el poder desvincular el servicio de Telefónica y recuerda que el retraso en la implementación del servicio de acceso indirecto sin servicio telefónica tiene "un claro" efecto ya que los rivales del ex monopolio no pueden ofrecer a nivel nacional los productos que si existen en zonas con cobertura de bucle.
Para la CMT, los servicios de acceso indirecto disminuyen frente al "éxito" de las ofertas empaquetadas de los alternativos, que desvinculan completamente al cliente del servicio de voz ofrecido por Telefónica.
"Esta evolución podría deberse a otros factores de mercado, como precios y márgenes disponibles. Sin embargo, como ha sucedido en las zonas de acceso completamente desagregado, la provisión del acceso indirecto 'naked' en condiciones apropiadas podría revertir la tendencia actual incrementando el número de contrataciones en las zonas de acceso sin cobertura de desagregación", zanjó la CMT.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la CMT en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Fuentes de la operadora presidida por César Alierta indicaron a Europa Press que la compañía presentará recurso contra esta sanción al considerarla "absolutamente injustificada".
La operadora argumenta que "no acepta" una sanción por el "supuesto" incumplimiento de una obligación que sí había cumplido. En este sentido, explicó que en el plazo de cuatro meses establecido por la CMT la compañía dio respuesta a todas las solicitudes de ADSL 'naked' que recibió.
La compañía sostiene que informó en todo momento a la CMT y al resto de los operadores de la solución que iba a implantar en el servicio mayorista de acceso indirecto 'naked', y puntualizó que "éstos se habían mostrado satisfechos con dicha resolución".
Por último, el operador explicó que el mercado no ha "sufrido daño alguno" porque Telefónica no tuviera implantada una solución automatizada para atender a las soluciones de ADSL 'naked' ya que los operadores "tardan un tiempo" en desarrollar sus propios servicios.
"Telefónica ha trabajado de la mano con algunos de sus competidores para desarrollar este producto y Vodafone ha salido al mercado cuando lo ha estimado conveniente", apuntaron las fuentes, añadiendo que la oferta de su rival se comercializó antes que la suya propia.
La CMT anunció el pasado mes octubre que Telefónica podía ofrecer la modalidad 'naked' ADSL a minoristas a la vez que obligaba al operador a disponer de la "solución automatizada operativa" del servicio indirecto de este tipo de oferta de Internet sin voz que permita a los operadores alternativos la gestión de dicho servicio mayorista.
El regulador constató que a fecha 8 de mayo Telefónica ha cumplido con esta obligación y que a consecuencia de esto se permite a competidores del ex monopolio ofrecer la oferta de servicios 'naked' en el mercado, tal y como se desprendía de la campaña realizada a finales de verano por Vodafone.