No creo que resulte impertinente solicitar que las instituciones del Estado y los partidos estatales recurran no al imprescindible sino a un mínimo decoro en el ejercicio de su actividad política. Decoro en las formas, en la estética, sin peinetas, sin groseros insultos y en la medida en la que puedan sin la sistemática manipulación de los actos y palabras del rival.

Decoro

El decoro político exige no presentar mociones de censura incumpliendo los requerimientos constitucionales y reglamentarios de este instituto parlamentario (artículo 113 de la Constitución y artículo 175 y ss del Reglamento del Congreso).

Los requerimientos legales exigen presentar un candidato a presidente, no es necesario afirmar que pueda serlo no solo por el número de votos concitados sino por sus características personales (el presentado era lo más parecido al buque que citó Aitor Esteban dirigiéndose al desguace) y un programa de gobierno que posea un mínimo de sistemática y permita así conocer algunas propuestas dirigidas a la resolución de los problemas que deben afrontar las instituciones públicas.

Lejos de lo anterior nos encontramos con un personaje que invocando a Isabel la Católica tácitamente negaba la desigualdad de derechos que afectan a la mujer, la brecha de género, la violencia estructural que muchas sufren. Es posible que quisiera afirmar que todas las mujeres son como Isabel la Católica.

Otra perla no desdeñable es atribuir a Largo Caballero la responsabilidad de provocar la Guerra Civil. Al parecer Franco, Mola, Sanjurjo, Queipo de Llano pasaban por allí.

El colmo fue acusar a los partidos nacionalistas de estar electoralmente sobre representados. Los datos siguientes aclaran la pretendida sobre representación: el EAJ-PNV obtuvo su escaño por Araba con 40.000 votos, Vox sacó el de Ceuta con 11.000, el de Segovia con 14.000, el de Zamora con 17.000, el de Salamanca con 34.000, etc. En las últimas elecciones el PSOE necesitó por cada escaño 56.001 votos, el PP 56.708, el EAJ-PNV 63.167. Buena forma de medir la sobre representación por un reputado economista.

En relación a la política penitenciaria y al fin de la dispersión, también el decoro consiste en no mentir. Un largo enunciado de normas, sentencias y opiniones tanto doctrinales como políticas afirman tanto el derecho del preso a estar alojado en una cárcel cercana a su domicilio familiar, cuanto el derecho de su familia a tenerlo cerca, en especial, por aplicación del llamado “interés superior” del niño que debe presidir las decisiones administrativas y judiciales que protejan a la parte más vulnerable.

Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela) que contienen disposiciones sobre ello de modo expreso.

La primera es la Regla 59 que establece que “(…) los reclusos serán internados en establecimientos penitenciarios cercanos a su hogar o a su lugar de reinserción social”.

Conviene recordar que esta disposición es aplicable tanto a los presos preventivos como a los penados, es decir a la totalidad de la población penitenciaria.

Por su parte, la Regla 106 indica que “se velará particularmente por el mantenimiento y mejoramiento de las relaciones entre el recluso y su familia que redunden en beneficio de ambas partes”.

En cuanto a la legislación penitenciaria el artículo 25.2 de la Constitución afirma: “La penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas a la reeducación y reinserción social”, el artículo 1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria: “Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad”. El artículo 12.1 de la misma LOGP: “La ubicación de los establecimientos penitenciarios será fijada por la administración penitenciaria dentro de las áreas territoriales que se designen. En todo caso se procurará que cada una cuente con el número suficiente de aquellos para satisfacer las necesidades penitenciarias y evitar el desarraigo social de los penados”.

Ya Cesare de Beccaria, recogiendo el pensamiento ilustrado, escribió su tratado sobre los delitos y las penas fundamentando el castigo en el siguiente aserto: la necesidad quien obligó a los hombres para ceder parte de su libertad propia: y es cierto que cada uno no quiere poner en el depósito público sino la porción más pequeña que sea posible, aquélla solo que baste a mover los hombres para que le defiendan. El agregado de todas estas pequeñas porciones de libertad posibles forma el derecho de castigar: todo lo demás es abuso y no justicia; es hecho, no derecho.

Resulta patético escuchar a Isabel Díaz Ayuso afirmar que se está pagando un precio a Bildu excarcelando a presos de ETA. Se olvida que no se excarcela, que se traslada de prisión a los presos y si quiere saber de excarcelaciones que le pregunte a Aznar que cuando negociaba con ETA excarceló a 310 presos de esta organización.

Llama la atención también cómo se recurre a la contraprogramación. Cuando el presidente del Gobierno y el Rey acuden a la XXVIII Cumbre Iberoamericana, como han hecho, por cierto, todos los presidentes del Partido Popular, Núñez Feijóo organiza un acto con parte de la comunidad sudamericana en Madrid, la mayoría militantes de partidos conservadores en sus países de origen que terminó con la invocación a Dios de una de las oradoras pidiéndole que el presidente del Partido Popular gobierne la próxima legislatura. Las iglesias evangélicas son algunos de los soportes más relevantes de personajes como Trump o Bolsonaro.

En cuanto a las formas hay que detenerse en la peineta dirigida por el presidente de Castilla y León al grupo socialista en su Parlamento hecho agravado por la falta de respeto a un debate donde se debatía la problemática de los enfermos celiacos. Los insultos se multiplican en cualquier debate parlamentario. Hemos oído en el Congreso expresiones como insolvente, ignorante, imbécil, comunista como si este calificativo fuera un insulto, feminazi, etc.

Karl Popper, en el discurso político, es conocido por su vigorosa defensa de la democracia liberal y los principios de crítica social que creía que hacían posible una floreciente sociedad abierta. Su filosofía política abarca ideas de todas las principales ideologías políticas democráticas e intenta conciliarlas, como la socialdemocracia, el liberalismo clásico y el conservadurismo liberal. Lo mismo que en las Cortes Generales.

Jurista