- La organización Interprofesional del vino de España ha puesto a disposición de todos los operadores para esta campaña 2020-2021 el contrato tipo homologado de compra-venta de uva con destino a su transformación en vino, por un lado, y el contrato tipo homologado de compra-venta de vino, por otro. Estos nuevos modelos han sido reconocidos por el Ministerio de Agricultura a través de las órdenes publicadas el 6 de agosto en el Boletín Oficial del Estado.

Ambos contratos son de carácter voluntario, pueden ser utilizados en todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto de uva como de vino y, además, están disponibles para ser usados en transacciones puntuales o para contratos de abastecimiento continuo, en el caso del vino, con lo que se dotaría de mayor estabilidad a las producciones y a los mercados. Los contratos permiten también estipular libremente a las partes los criterios de calidad.