Elciego - Los vecinos de Elciego que tengan dificultades para instalar ascensores en sus casas antiguas lo tendrán más fácil a partir de ahora, ya que el Ayuntamiento ha realizado una modificación de la ordenanza que lo hace posible.
Para el alcalde, Luis Aldazabal, se trata de un cambio de las condiciones para la instalación de ascensores en edificios existentes de carácter residencial del municipio de Elciego, que se acometió al darse cuenta el Consistorio de que había demandantes de licencia de obra que tenían problemas. Problemas por las dimensiones de la caja de escalera o del espacio previsto para su ubicación o porque no existía un soporte legal suficiente para ocupar unos centímetros de la vía pública sin causar perjuicios ni a peatones ni vehículos, para hacer descender la caja del ascensor a piso llano.
La nueva ordenanza señala que en uno u otro momento de nuestras vidas, todas las personas vemos cómo se reduce nuestra capacidad de desplazamiento, por eso es necesario que la normativa se adapte a las necesidades de los ciudadanos, respondiendo así el compromiso de hacer de Elciego un pueblo con calidad de vida para sus vecinos. Recuerda también que es importante destacar la preocupación social existente desde hace varios años por mejorar las condiciones de accesibilidad en los edificios de viviendas para instalar ascensores, siendo muchas las demandas en este sentido en aras de dar respuesta a las necesidades sociales en materia de accesibilidad. Por estas razones, la nueva normativa contempla incluso la posibilidad de implantarlos sobre suelo de dominio público, cuando ésta sea la única opción posible para resolver el problema de accesibilidad a las casas.
En lo que respecta a las cabinas, en casos excepcionales y debidamente justificados, la anchura libre de paso, una vez abiertas las puertas del ascensor, podrá reducirse hasta 0,75 metros mientras que la anchura de la propia cabina podrá reducirse a 0,80 metros. También se contempla que la instalación del ascensor podrá suponer la modificación de la anchura de los pasillos y escaleras existentes, no pudiendo reducirse por debajo de 1,10 metros en pasillos y de 0,80 metros en escaleras, siempre que se acredite la no viabilidad técnica y/o económica de otras alternativas.
En caso contrario, dichos elementos deberán ajustarse a los parámetros generales establecidos en la normativa de accesibilidad, así como al código técnico de la edificación. Sin embargo, en el caso de que algún pasillo existente tenga una anchura inferior a 1,10 metros, podrá mantenerse dicha anchura tras la instalación del ascensor.