GASTEIZ. El Ministerio Fiscal y la acusación particular pedían para el acusado un total de 18 años y medio de cárcel y durante el juicio por este caso, celebrado el pasado mes de mayo, solicitaron al tribunal una condena acorde a la gravedad de los delitos supuestamente cometidos por el acusado, cuya defensa reclamó la absolución.

En la causa también estuvo personado el Gobierno vasco, que solicitó una pena total de 17 años y 9 meses de prisión.

Ahora, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal considera que se ha quedado acreditado que el hombre, que se encuentra inhabilitado como profesor, abusó sexualmente de dos alumnas suyas, una de ellas menor de edad, durante el curso 2015-2016, pero le impone una pena menor a la solicitada por las acusaciones al absolverle de varios delitos, entre ellos el más grave de agresión sexual.

En concreto el tribunal relata que el acusado buscaba la proximidad física de las dos alumnas, a las que hacía comentarios inapropiados y tocaba innecesariamente en brazos, muslos y cintura, y a una de ellas, menor de edad cuando sucedieron los hechos, le llegó a tocar el pecho y el culo en varios lugares del centro.

La sentencia describe también que "arrinconó" a una de esas jóvenes contra una pared del instituto y con "ánimo libidinoso" y la excusa de buscarle las cosquillas la manoseó por encima de la ropa.

Las acusaciones pedían que este hecho se considerase un delito de agresión sexual, sin embargo el tribunal recuerda que durante el juicio no ha quedado "suficientemente acreditado" que el profesor le "inmovilizara" los brazos, la agarrara o empleara su fuerza para arrinconarla.

En el caso de la compañera de trabajo del acusado, la sentencia constata que durante ocho años, entre 2007 y 2015, el procesado le mandó periódicamente mensajes con comentarios inapropiados sobre su aspecto físico y le llegó a pedir besos.

Relata que buscaba su cercanía física y que aprovechaba que no había compañeros cerca para rozarse fugazmente con ella y tocarle partes de su cuerpo e incluso el culo en una ocasión.

El tribunal considera que por todo ello el hombre debe ser condenado como autor de un delito continuado de coacciones y de dos delitos continuados de abuso sexuales. Le absuelve de otros cuatro delitos de los que era acusado: uno continuado de abuso sexual, dos de acoso y el de agresión sexual.

El tribunal da plena credibilidad al relato de las tres víctimas y a los testigos que corroboraron lo que estas dijeron. Rechaza por contra que la forma de actuar del acusado se pueda justificar por el carácter "histriónico" que varios peritos dijeron que tenía, o por la malinterpretación de sus actos e intenciones.

"No hay manera de malinterpretar que un profesor manosee las nalgas de una alumna", remarcan los magistrados.

Además de la pena de cárcel, el tribunal le impone la prohibición de comunicarse y acercarse a menos de 200 metros de las dos alumnas durante cuatro años, y durante tres años en el caso de su compañera, así como tres años de libertad vigilada cuando salga de la cárcel.

Deberá asimismo indemnizar con un total de 7.000 euros a sus víctimas. De esta cantidad es responsable subsidiario el Departamento de Educación del Gobierno Vasco.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.