Vitoria. La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de la capital alavesa, a la que ha tenido acceso Efe, endurece la pena debido a que el acusado es reincidente y ordena que no pueda acercarse ni comunicarse con su expareja durante 12 años y que no pueda portar armas durante ese periodo.

El Juzgado considera probado que durante las habituales discusiones con su pareja el procesado la acusaba de serle infiel y le propinaba golpes por todo el cuerpo.

Recuerda que este hombre ya fue condenado en noviembre de 2014 y en julio de 2016 por sendos delitos de lesiones y de maltrato no habitual en el ámbito de la violencia de género y pese a ello repitió sus agresiones.

La primera de ellas en junio de 2016. La sentencia indica que el acusado propinó bofetadas a su pareja y cuando ella se "encerró en el cuarto de baño para dormir al estar atemorizada", él rompió la puerta para acceder a su interior, aunque en esta ocasión no la lesionó.

El 18 de diciembre de 2016, durante una discusión le propinó un fuerte golpe en la cara, forcejeó con ella, la agarró del pelo y la arrastró por la habitación, lo que le provocó hematomas en distintas partes del cuerpo y necesitó asistencia facultativa.

Ese mismo día un juzgado de Vitoria dictó una orden de protección y le prohibió acercarse a menos de 200 metros de ella y ponerse en contacto por cualquier medio.

Pero, "a pesar de tener conocimiento del contenido" de esta resolución judicial, señala la sentencia, el 6 de mayo de 2017, cuando ya habían puesto fin a la relación sentimental, fue al piso donde residía la víctima y entró con las llaves que tenía por lo que ella huyó y avisó a la Ertzaintza, cuyos agentes lo encontraron dentro de un armario de la vivienda.

Cinco días después volvió al piso de la mujer, quien le permitió entrar porque le dijo que tenía que recoger unos objetos personales, pero iniciaron una nueva discusión durante la cual él le dio patadas por todo el cuerpo que le provocaron la rotura de dos costillas, además de policontusiones en brazos y región occipital, que tardaron 30 días en curar.

Ese día, el Juzgado ordenó su ingreso en prisión provisional.

La sentencia subraya que en este caso "queda meridianamente claro" que concurre "la habitualidad" ya que "en el escaso lapso temporal" entre junio de 2016 y principios de mayo de 2017 la golpeó hasta en cuatro ocasiones.

También considera que el acusado ha incurrido en un delito continuado de quebrantamiento de la medida cautelar de alejamiento y, aunque el procesado declaró en el juicio que no entendió esa prohibición porque no habla bien el castellano -es profesor de inglés-, el fallo judicial sostiene que las pruebas practicadas demuestran que no es cierto y que, de hecho, se fue a vivir a una pensión.

El Juzgado también desmonta su alegato de que era ella quien le pegaba a él, que se limitaba a defenderse, porque recuerda que el acusado nunca aportó un parte de lesiones ni consta que haya denunciado agresión alguna.

Por ello le considera autor de tres delitos de maltrato a su pareja, uno de ellos habitual, otro de lesiones y otro de quebrantamiento de la orden de alejamiento, por lo que impone una pena de 6 años de prisión, aunque se descontará el tiempo que lleva en la cárcel.

Contra este fallo judicial cabe presentar un recurso de apelación ante la Audiencia de Álava.