- El Ministerio de Sanidad publicó ayer una Orden Ministerial por la que se establecen medidas de control sanitario a las personas procedentes de zonas de riesgo de Francia que llegan a España por vía terrestre.

La Orden indica que todas las personas mayores de seis años procedentes de esas zonas (calificadas por el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades con nivel rojo oscuro, rojo, naranja o gris) deberán disponer de una prueba negativa PCR, TMA o de otro tipo para la detección del SARS-CoV-2 basada en técnicas moleculares equivalentes y realizada en las 72 horas previas a la llegada al Estado.

De estos controles quedan exceptuados los profesionales del transporte por carretera en el ejercicio de su actividad profesional, los trabajadores transfronterizos y los residentes en zonas fronterizas, en un radio de 30 kilómetros alrededor de su lugar de residencia.

La Orden producirá efectos a los tres días de publicación en el BOE -el martes- y hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, conforme al Real Decreto-ley del 9 de junio de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria. El Ministerio añade que se deberá respetar el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 sobre protección de las personas físicas en el tratamiento de sus datos personales y la circulación de los mismos conforme a la ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

La Orden precisa, asimismo, que para el cumplimiento de lo establecido por Sanidad se podrá contar con la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.